HC/E/CA 11
Canadá
Supreme Court of Canada
última instancia
Reino Unido - Escocia
Canadá
20 October 1994
Definitiva
Finalidad del Convenio - Preámbulo, arts. 1 y 2 | Derechos de custodia - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Compromisos | Interpretación del Convenio
Apelación desestimada, restitución ordenada
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De conformidad con el Artículo 12, en el caso de que el menor deba ser restituido, el mismo deberá ser restituido 'de inmediato'.
Al momento del traslado, el tribunal escocés era competente para determinar la custodia y el lugar de residencia del menor y, como consecuencia de ello, poseía los derechos de custodia tal como se definen en el Artículo 5 del Convenio. El traslado del menor por parte de la madre violó esos derechos y fue ilícito dentro del sentido del Artículo 3. Se debe realizar una distinción entre una cláusula de no traslado en una orden de custodia provisoria y en una orden definitiva. Si una cláusula de no traslado en una orden definitiva de custodia se debía considerar como derecho de custodia a los fines del Convenio, eso podría tener implicancias graves para los derechos de traslado de la persona principal a cargo del menor. Parecería que el Artículo 3 implica que los derechos de custodia que se han violado deberían pertenecer a alguien distinto de la persona que incurre en el incumplimiento. Asimismo, se han creado dudas respecto de la práctica de dictar órdenes de búsqueda a fin de establecer una retención ilícita en contra de la persona que posee el derecho de custodia exclusiva al momento del traslado.
No es necesario que el riesgo de daño provenga de una causa relacionada con la restitución del menor al otro progenitor, el mismo puede surgir de quitarle el menor a la persona a cargo en ese momento: desde una perspectiva centrada en el menor, el daño es daño. Si el daño es lo suficientemente severo para satisfacer el test riguroso del Convenio, no es relevante de dónde provenga dicho daño. Sin embargo, sería en el menor de los casos que quitar el hecho de quitar el menor a la persona que lo sustrajo y de su nuevo entorno constituiría el nivel de daño contemplado en el Convenio.
El uso de compromisos facilita el objetivo del Artículo 12 de restitución inmediata del menor. El padre acordó no hacer valer sus derechos de custodia concedidos con posterioridad a la sustracción. Se comprometió a no asumir la custodia física del menor al momento de su restitución a Escocia hasta tanto un tribunal permitiera dicha custodia, y a iniciar de inmediato el proceso de custodia sustantivo en Escocia.
La mayoría sostuvo que el Convenio, como fue implementada en Canadá, opera independientemente de cualquier legislación puramente local. Los disidentes argumentaron, sin embargo, que los tribunales de Manitoba no estaban impedidos de imponer medidas transitorias a su disposición, en el marco del derecho de Manitoba, al aplicar el Convenio. Se hizo referencia a muchos documentos para asistir a la interpretación: el material preliminar de las Actes et documents de la Quatorzième session, t. III, Child Abduction (1982), the Pérez-Vera Report, artículos académicos, el Preámbulo del Convenio y el Artículo 1.
En curso de elaboración.
Preparación del análisis de jurisprudencia de INCADAT en curso.
Los tribunales de una abrumadora mayoría de Estados contratantes han aceptado que el derecho a oponerse a la salida del menor de la jurisdicción equivale a un derecho de custodia a los fines del Convenio. Véanse:
Australia
En el caso Marriage of Resina [1991] FamCA 33, [Cita INCADAT: HC/E/AU 257];
State Central Authority v. Ayob (1997) FLC 92-746, 21 Fam. LR 567 [Cita INCADAT: HC/E/AU 232];
Director-General Department of Families, Youth and Community Care and Hobbs, 24 de septiembre de 1999, Tribunal de Familia de Australia (Brisbane) [Cita INCADAT: HC/E/AU 294];
Austria
2 Ob 596/91, Oberster Gerichtshof, 05/02/1992 [Cita INCADAT: HC/E/AT 375];
Canadá
Thomson v. Thomson [1994] 3 SCR 551, 6 RFL (4th) 290 [Cita INCADAT: HC/E/CA 11];
La Corte Suprema estableció una distinción entre una cláusula de no traslado en una orden de custodia provisoria y en una orden definitiva. Sugirió que si una cláusula de no traslado incluida en una orden de custodia definitiva se considerara equivalente a un derecho de custodia a los fines del Convenio, ello tendría serias implicancias para los derechos de movilidad de la persona que ejerce el cuidado principal del menor.
Thorne v. Dryden-Hall, (1997) 28 RFL (4th) 297 [Cita INCADAT: HC/E/CA 12];
Decision of 15 December 1998, [1999] R.J.Q. 248 [Cita INCADAT: HC/E/CA 334];
Reino Unido - Inglaterra y Gales
C. v. C. (Minor: Abduction: Rights of Custody Abroad) [1989] 1 WLR 654, [1989] 2 All ER 465, [1989] 1 FLR 403, [1989] Fam Law 228 [Cita INCADAT: HC/E/UKe 34];
Re D. (A Child) (Abduction: Foreign Custody Rights) [2006] UKHL 51, [Cita INCADAT: HC/E/UKe 880];
Francia
Ministère Public c. M.B., 79 Rev. crit. 1990, 529, note Y. Lequette [Cita INCADAT: HC/E/FR 62];
Alemania
2 BvR 1126/97, Bundesverfassungsgericht, (Tribunal Constitucional Federal), [Cita INCADAT: HC/E/DE 338];
10 UF 753/01, Oberlandesgericht Dresden, [Cita INCADAT: HC/E/DE 486];
Reino Unido - Escocia
Bordera v. Bordera 1995 SLT 1176 [Cita INCADAT: HC/E/UKs 183];
A.J. v. F.J. [2005] CSIH 36, 2005 1 SC 428 [Cita INCADAT: HC/E/UKs 803];
Sudáfrica
Sonderup v. Tondelli 2001 (1) SA 1171 (CC), [Cita INCADAT: HC/E/ZA 309];
Suiza
5P.1/1999, Tribunal fédéral suisse, (Swiss Supreme Court), 29 March 1999, [Cita INCADAT: HC/E/CH 427].
Estados Unidos de América
[Traducción en curso - Por favor remítase a la versión inglesa]
Right to Object to a Removal
[Traducción en curso - Por favor remítase a la versión inglesa]
Para comentarios académicos véanse:
P. Beaumont & P. McEleavy, The Hague Convention on International Child Abduction, Oxford, OUP, 1999, p. 75 ss;
M. Bailey, The Right of a Non-Custodial Parent to an Order for Return of a Child Under the Hague Convention, Canadian Journal of Family Law, 1996, p. 287.
C. Whitman, Croll v Croll: The Second Circuit Limits 'Custody Rights' Under the Hague Convention on the Civil Aspects of International Child Abduction, 2001 Tulane Journal of International and Comparative Law 605.