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Resultados de la búsqueda (851)

  • 2016 | HC/E/EC 1517 | Ecuador | Tribunal de Apelaciones
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Integración del niño - art. 12(2) | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Cuestiones procesales | Cuestiones procesales

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada

    Artículo(s)

    1 3 5 12 13(1)(b)

    Sinopsis

    Retención ilícita de niños - Padres separados - El derecho de custodia se ejercía conjuntamente - La niña vivió en España hasta el 11 de agosto de 2014 - La solicitud de restitución se presentó ante la Autoridad Central de España en septiembre de 2014 - Restitución ordenada - Cuestiones principales: residencia habitual, traslado y retención, integración del niño, art. 13(1)(b) excepción de grave riesgo, cuestiones procesales - La residencia habitual de la niña anterior al traslado ilícito se encontraba en España - Hubo retención ilícita en infracción al derecho de custodia que se ejercía de forma conjunta según el convenio firmado por la madre y el padre - No se evaluó  la integración del niño porque no había  transcurrido el plazo de un año que establece el Convenio al efecto - La prueba ofrecida no contribuía a determinar la existencia del abuso sexual; por el contrario, era necesaria una verdadera demostración del riesgo para justificar la aplicación del art. 13(1)(b)  - Se exhortó a la Autoridad Central a tomar medidas para proteger a la niña y a dar seguimiento al caso para proveer al padre la defensa técnica en España.

  • 2020 | HC/E/CA 1494 | Canadá - Ontario | Tribunal de Apelaciones
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución denegada

    Artículo(s)

    3

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución denegada. La niña tenía su residencia habitual en Canadá.

  • 2009 | HC/E/AT 1045 | Austria | última instancia |
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    Fundamentos

    Derechos de custodia - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

    Artículo(s)

    1 3 5 13(1)(b) 26

    Fallo

    Recurso de la madre sustractora desestimado: el traslado fue ilícito y ninguno de las excepciones era aplicable. La apelación del padre fue admitida parcialmente: se removió la condición de adoptar medidas necesarias.

  • 2005 | HC/E/AU 830 | Australia | Primera Instancia |
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    Fundamentos

    Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Consentimiento - art. 13(1)(a)

    Fallo

    Restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 13(1)(a)

    Fallo

    Restitución ordenada; el traslado fue ilícito y no se probó el consentimiento.

  • 2020 | HC/E/JP 1559 | Japón | Tribunal de Apelaciones
    Idiomas
    Texto completo no disponible
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3

    Fallo

    Apelación concedida, restitución denegada

    Artículo(s)

    3

    Sinopsis

    Niño japonés nacido en 2017 en Japón ― Padre y madre japoneses ― En diciembre de 2017 los padres se trasladaron con el niño de Japón a Filipinas ― Los padres y el niño viajaban constantemente de un país a otro debido a la falta de visado de larga duración en Filipinas ― Los padres conservaban propiedades en Filipinas y Japón y mantenían actividades comerciales en Japón ― En noviembre de 2018, la madre trasladó al niño de Filipinas a Japón ― En octubre de 2019, el padre interpuso una solicitud de restitución del niño ante los tribunales japoneses ― En primera instancia, se ordenó la restitución ― Apelación concedida y restitución desestimada por el tribunal japonés de apelaciones ― Cuestión principal: residencia habitual. 

    Autora: Prof. Yuko Nishitani

  • 2008 | HC/E/DK 1102 | Dinamarca | última instancia |
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

    Fallo

    Restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 13(1)(b)

    Fallo

    Restitución ordenada. El traslado fue ilícito. La niña tenía residencia habitual en Francia y no se había probado el artículo 13(1)(b) según los estándares requeridos por el Convenio

  • 2020 | HC/E/AR 1590 | Argentina | última instancia
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    Fundamentos

    Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Consentimiento - art. 13(1)(a) | Integración del niño - art. 12(2) | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Derechos humanos - art. 20 | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2) | Cuestiones procesales | Cuestiones relativas a la restitución | Interés superior del niño

    Fallo

    Restitución ordenada; compromisos asumidos

    Artículo(s)

    3 8 9 12 13(1)(a) 13(1)(b) 13(2) 20

    Sinopsis

    Traslado ilícito de un niño cuando tenía 10 años de edad - Nacional de Venezuela - el padre era el titular del derecho de custodia - El niño vivió en Venezuela hasta 2018 - El padre solicitó la restitución ante la Autoridad Central de Venezuela - La solicitud de restitución internacional se presentó ante la autoridad central de Venezuela en julio de 2020  - Restitución ordenada - Cuestiones principales: Traslado y retención, consentimiento, integración del niño, Art. 13(1)(b) excepción de grave riesgo, objeción del niño a la restitución, cuestiones procesales, cuestiones relativas a la restitución, interés superior del niño, - El traslado fue considerado ilícito ya que se produjo en infracción al derecho de custodia que había sido otorgado a su padre de acuerdo al derecho del Estado de la residencia habitual del niño - El traslado se produjo sin el consentimiento del padre - El padre inició gestiones tendientes a obtener la restitución del niño dentro del plazo de un año  desde que se produjo el traslado ilícito - No se acreditó la circunstancia que el niño al regresar a Venezuela sería expuesto a un grave riesgo o a una situación intolerable - No se demostró afectación a los derechos fundamentales del niño - No existió una oposición del niño que demostrara un repudio irreductible a regresar al lugar de su residencia habitual - El Tribunal ordenó prohibición provisoria de salida del país y de cambio de domicilio - El Tribunal exhortó a los progenitores a colaborar en la etapa de ejecución de sentencia - El Tribunal ordenó arbitrar los medios necesarios para que el regreso del niño sea seguro-

  • 2017 | HC/E/DE 1409 | Alemania | Tribunal de Apelaciones
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    Fundamentos

    Derechos de custodia - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 13(1)(b)

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada. No se encontraron indicios de que la restitución de la niña pudiera poner en peligro su bienestar.

  • 2019 | HC/E/RU 1419 | Federación Rusia | Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)
    Idiomas
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    Fallo

    TEDH - Violación del Artículo 8 CEDH, concesión de indemnización por daños y perjuicios

    Artículo(s)

    3 13(1)(b)

    Sinopsis

    Un menor de dos años sustraído ilícitamente – Nacionalidad rusa – Progenitores divorciados – Madre con nacionalidad rusa – Tribunal de Finlandia concede la custodia conjunta y el menor debe vivir con el demandante – El menor vivió en Finlandia hasta febrero de 2015 – Solicitud de restitución presentada ante el tribunal de distrito Dzerzhinskiy de Petersburg, Rusia el 6 de agosto de 2015 – Restitución denegada en apelación ante el tribunal de la ciudad de San Petersburgo el 3 de febrero de 2016 antes de la solicitud al TEDH – Incumplimiento del artículo 8 TEDH – 23 050 EUR otorgados por daños y perjuicios – la interpretación y la aplicación de las provisiones que aplicó el Convenio de La Haya no aseguraron las garantías del artículo 8 del Convenio, el cual asegura el derecho al respeto de la vida familiar del demandante. 

  • 2013 | HC/E/CA 1359 | Canadá - Columbia Británica | Primera Instancia
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    Fundamentos

    Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)

    Fallo

    Restitución denegada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(a) 13(1)(b) 13(2)

    Sinopsis

    ​​Un menor, nacional de El Salvador y Canadá, retenido ilegalmente a los diez años de edad. Los progenitores estaban casados. El padre era nacional de El Salvador y la madre era nacional de Canadá. El padre ejerció sus derechos de custodia por 10 años. La madre obtuvo la custodia del menor en mayo de 2012. El menor vivó en El Salvador hasta noviembre de 2011. Se solicitó la restitución del menor ante el Tribunal de Primera Instancia en julio de 2012. Se denegó la restitución según el artículo 13 (2). Razones principales: art. 13 (1)(b) excepción a la restitución por grave riesgo; objeción del menor a la restitución. El maltrato de un progenitor al otro solo será una consideración relevante para la excepción que dispone el art. 13(1)(b) si el menor se encuentra en “el medio de una relación abusiva”. La evaluación de si un menor se encontraba en una situación intolerable debido a la implementación de castigos corporales debe tener en cuenta las prácticas disciplinarias generalmente aceptadas en el contexto social pertinente. Los factores a tener en cuenta para evaluar si un menor obtuvo la edad y el grado de madurez necesarios para tener en cuenta sus opiniones son, entre otros, los siguientes: nivel de funcionamiento cognitivo, capacidad de razonamiento lógico y racional, y evaluación detallada de diferentes circunstancias. Las decisiones para no ordenar la restitución según el artículo 13 (2) deben tener en cuenta las consideraciones políticas que subyacen al Convenio HCCH 1980.​ 

  • 2013 | HC/E/CA 1361 | Canadá - Columbia Británica | Tribunal de Apelaciones
    Idiomas
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(b)

    Sinopsis

    ​​Dos menores sustraídos ilícitamente a los dos y cuatro años de edad. Los progenitores no estaban casados. El padre era nacional de Canadá. La madre era nacional de Canadá y Columbia Británica. Los progenitores poseían la custodia conjunta de los menores por medio de un acuerdo parental. Los menores vivieron con ambos progenitores a veces en Estados Unidos y otras en Canadá. Los menores vivieron en Estados Unidos desde agosto de 2010 hasta su sustracción en abril de 2013. Se solicitó la restitución de los menores ante la Corte Suprema de Columbia Británica (Tribunal de Primera Instancia de Columbia Británica) en abril de 2013. Se ordenó la restitución. Razones principales: residencia habitual y art. 13 (1)(b) excepción por grave riesgo. La intención mutua de los progenitores, con el fin de establecer la residencia habitual de los menores, requiere “un grado de continuidad para que sea calificada adecuadamente como asentada”. La mera especulación de que uno de los progenitores podría ser deportado por su situación migratoria y que podría optar por trasladarse a un Estado que supuestamente pondría en peligro a los menores es una prueba insuficiente para establecer que la excepción por grave riesgo, según lo que dispone el art. 13(1)(b), se aplica.​ 

  • 2016 | HC/E/IT 1371 | Italia | última instancia
    Idiomas
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    Fundamentos

    Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)

    Fallo

    Devolución de la causa al tribunal inferior

    Artículo(s)

    3 13(1)(a) 13(1)(b) 13(2)

    Sinopsis

    ​​Un menor, nacional de Estados Unidos e Italia, habría sido retenido ilegalmente a los diez años de edad. Los progenitores estaban divorciados. El menor vivió en Estados Unidos hasta la segunda mitad del 2015. Se solicitó la restitución del menor el 21 de octubre de 2015. La restitución fue denegada. Razones principales: objeciones del niño a la restitución. Deberá darse la debida importancia a la opinión del menor cuando se considere que el menor alcanzó una edad y un grado de madurez adecuado, incluso si ciertos aspectos de la opinión del menor sea considerados imprecisos.​ 

  • 2010 | HC/E/UKe 1325 | Reino Unido - Inglaterra y Gales | Tribunal de Apelaciones |
    Idiomas
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3

    Artículo(s)

    3

    Sinopsis

    ​​Dos menores, nacionales de Suiza y el Reino Unido, fueron sustraídos ilícitamente a los tres y dos años de edad. Los progenitores estaban divorciados. El padre era nacional del Reino Unido y la madre era nacional de Suiza. Los progenitores poseían la custodia conjunta de los menores: la madre estaba a cargo de los menores y el padre tenían acceso a visitas supervisadas. Los menores vivieron en el Reino Unido, Inglaterra y Gales, hasta el 25 de marzo de 2016. Se solicitó la restitución de los menores al Tribunal de Primera Instancia de Suiza el 5 de septiembre de 2016. Se dio lugar a la restitución. Razones principales: excepciones a efectuar la orden de restitución. Las excepciones a la restitución deberían interpretarse de manera restrictiva. La determinación de si ordenar la restitución pondría al menor en una situación intolerable, según lo que dispone el significado del art. 13 (1)(b) del Convenio HCCH 1980, solo se puede realizar respecto al menor y no sobre el progenitor sustractor. Se debe ordenar la restitución si la causa real, sobre el riesgo de colocar al menor en una situación intolerable a su regreso, es una negativa injustificada del progenitor sustractor a regresar con el menor. El progenitor sustractor puede alojarse en un área alejada de la parte que fue dejada de lado a su regreso al Estado requirente, con el fin de preservar la estabilidad obtenida por medio de la separación del progenitor que fue dejado de lado.​ 

  • 2016 | HC/E/CA 1369 | Canadá - Ontario | Tribunal de Apelaciones
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Derechos de custodia - art. 3 | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)

    Fallo

    Apelación concedida, restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 12 13(2)

    Sinopsis

    ​​Dos menores, nacionales de Canadá, retenidos ilegalmente a los once y ocho años de edad. Los progenitores estaban casados. El padre y la madre eran nacionales de Canadá. Los menores vivieron en Alemania hasta abril de 2013. El padre le transfirió a la madre la custodia física en una carta notarial, por un período desde abril de 2013 a agosto de 2014, para permitir que los menores sean inscriptos en una escuela de Canadá. Se solicitó la restitución de los menores ante el Tribunal Superior de Justicia (Familia) en junio de 2014. La restitución fue ordenada. Razones principales: residencia habitual; derechos de custodia; objeciones del niño a la restitución. Un progenitor no puede modificar unilateralmente la residencia habitual de un menor durante un período de tiempo limitado y de estadía consensuada a otro Estado y que sea aceptada por el otro progenitor. El hecho de que se contemple la extensión de dicho período de estadía consensuado no anula el período de tiempo límite. Las pruebas sobre la incorporación del menor en un nuevo estado son irrelevantes si la solicitud de restitución se lleva a cabo dentro de un año desde la extracción o retención de los menores. Si bien los derechos de custodia que fueron transferidos por uno de los progenitores al otro para que los menores sean inscriptos en una escuela de un determinado Estado, el progenitor que transfirió dichos derechos los pone en práctica cuando el progenitor sustractor se niega a restituir a los menores, o el progenitor los habría puesto en práctica si no fuere por la remoción o retención de los menores. Según lo que dispone el art. 13 (2) del Convenio HCCH 1980, la objeción de un menor a la restitución que sea insustancial o que exprese meramente una preferencia a un lugar sobre el otro no es motivo suficiente para rechazar la orden de restitución.​ 

  • 2025 | HC/E/US 1633 | Estados Unidos de América | Primera Instancia
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Derechos de custodia - art. 3 | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2) | Integración del niño - art. 12(2) | Interés superior del niño

    Fallo

    Restitución denegada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(b) 13(2) 12(2)

    Fallo

  • 2013 | HC/E/VE 1579 | Venezuela | última instancia
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    Fundamentos

    Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Derechos de custodia - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Derechos humanos - art. 20 | Cuestiones de competencia - art. 16 | Cuestiones procesales | Interés superior del niño

    Fallo

    Apelación concedida, restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(b) 16 20

    Sinopsis

    Retención ilícita de una niña cuando tenía un año de edad - Padres separados - Padre de nacionalidad española - Madre de nacionalidad venezolana - El derecho de custodia se ejercía conjuntamente - La niña vivió en España hasta julio de 2011 - La solicitud de restitución se presentó ante los tribunales de  España el 12 de julio de 2011 - Apelación concedida, restitución ordenada – Cuestiones principales: traslado y retención, derechos de custodia, art. 13(1)(b) excepción de grave riesgo, Derechos Humanos, cuestiones de competencia, cuestiones procesales, interés superior del niño - El traslado fue lícito, pero la retención ilícita porque no medió autorización del padre para que la niña se estableciera en Venezuela definitivamente  - Ambos progenitores eran titulares del derecho de custodia respecto de la niña con arreglo al derecho español  - La madre no probó las circunstancias de grave riesgo invocadas - La restitución de la niña no era contraria a ningún principio fundamental de Venezuela en materia de protección de los derechos humanos - En el proceso de restitución no debe debatirse cuál es progenitor más apto para ejercer la custodia, sino verificarse la existencia de un traslado o retención ilícita -  Se adoptaron medidas para garantizar el retorno seguro de la niña a España y se alentó a los progenitores a acudir a mediación.

  • 2014 | HC/E/ES 1256 | Reino Unido - Inglaterra y Gales | última instancia |
    Idiomas
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)

    Artículo(s)

    3

    Fallo

    Apelación concedida y causa devuelta a la Sala de Asuntos de Familia del tribunal de primera instancia (High Court) a fin de reconsiderar la residencia habitual de los menores.

  • 2012 | HC/E/FR 1195 | Francia | Tribunal de Apelaciones |
    Idiomas
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    Fundamentos

    Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Aceptación posterior - art. 13(1)(a) | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Integración del niño - art. 12(2) | Cuestiones relativas a la restitución | Cuestiones procesales

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(a) 13(1)(b) 13(2) 13(3) 12(2) 12(1) 26

  • 2013 | HC/E/FR 1203 | Francia | última instancia |
    Idiomas
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    Fundamentos

    Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Cuestiones procesales

    Artículo(s)

    3 13(1)(b)

  • 2013 | HC/E/US 1268 | Estados Unidos de América - Competencia Federal | Tribunal de Apelaciones |
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3

    Fallo

    Apelación desestimada, solicitud desestimada

    Artículo(s)

    3

    Fallo

    Apelación desestimada y demanda desestimada; se concluyó que el traslado no había sido ilícito ya que la menor nunca había dejado de tener su residencia habitual original en Texas, Estados Unidos.