Residencia habitual - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Interés superior del niño | Integración del niño - art. 12(2) | Cuestiones procesales
Apelación desestimada, restitución ordenada
3 13(1)(b) 12(2)
Traslado ilícito de un niño cuando tenía 8 años de edad - nacional de Perú – padres casados – ambos padres tenían el derecho de custodia – el niño vivió en Países Bajos desde diciembre de 2005 hasta junio de 2013 – el 18 de diciembre de 2013 el padre presentó la demanda de restitución – Restitución ordenada – Cuestiones principales: Residencia habitual, art. 13 (1)(b) grave riesgo, interés superior del niño – arraigo - cuestiones procesales - Se consideró que la residencia habitual del niño se encontraba en los Países Bajos y que el traslado a Perú fue ilícito, ya que se produjo en infracción al derecho de custodia que recaía sobre ambos progenitores y sin el permiso judicial correspondiente - no se acreditó que el regreso del niño a Países Bajos lo expondría a un peligro físico o psíquico o a una situación intolerable – no se consideró que se hubiera producido una integración al nuevo medio - recurso de casación interpuesto por la madre fue declarado infundado.
Derechos de custodia - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Interés superior del niño | Cuestiones procesales | Interpretación del Convenio
Apelación desestimada, restitución denegada
3 13(1)(b) 19
Niña de 6 años de edad nacional japonesa - Padres casados y divorciados - Custodia otorgada a la madre y derecho de visitas al padre - La niña tenía su residencia habitual en Japón - Cuestiones principales: derecho de custodia; grave riesgo; interés superior de la niña; aspectos procesales; interpretación del Convenio - Se consideró probada la excepción de grave riesgo puesto que la madre y la niña habían ingresado a un refugio para víctimas de violencia intrafamiliar, al comportamiento agresivo del padre y a la opinión de la niña en el proceso llevado adelante en Japón - Se denegó el amparo.
Residencia habitual - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)
Restitución denegada
3 13(1)(b) 13(2)
Derechos de custodia - art. 3 | Integración del niño - art. 12(2) | Aceptación posterior - art. 13(1)(a) | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2) | Derechos humanos - art. 20 | Cuestiones relativas a la restitución
3 13(1)(a) 13(1)(b) 13(2) 20 12(2)
Finalidad del Convenio - Preámbulo, arts. 1 y 2 | Integración del niño - art. 12(2) | Aceptación posterior - art. 13(1)(a) | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2) | Interés superior del niño
Devolución de la causa al tribunal inferior
3 13(1)(a) 13(1)(b) 13(2) 12(2)
Retención ilícita de una niña cuando tenía 5 años de edad – nacional de Estados Unidos – padres casados – padre nacional de Estados Unidos – madre nacional de Colombia – ambos padres tenían derechos de custodia en virtud del Convenio – la niña vivió en Estados Unidos hasta el 19 de diciembre de 2015 – la solicitud de restitución se presentó ante la Autoridad Central de Estados Unidos el 13 de junio de 2016 – se ordenó al tribunal inferior dictar una nueva sentencia en el proceso de restitución internacional, teniendo en cuenta la opinión de la niña – cuestiones principales: finalidad del Convenio - Preámbulo, integración del niño, aceptación posterior, art. 13(1)(b) excepción de grave riesgo, objeciones del niño a la restitución, interés superior del niño - el interés superior del niño consiste en ser restituido a su centro de vida sin dilaciones, salvo que se pruebe una de las causales de excepción – la evaluación de la integración del niño es procedente sólo si transcurrió un año entre la conducta ilícita y la fecha de presentación de la solicitud de restitución internacional – el grave riesgo debe tener una entidad mayor al natural padecimiento que puede ocasionar un cambio de lugar de residencia o a la desarticulación de actual grupo conviviente – la decisión sobre la aplicación de la excepción del art. 13(2) exige considerar la opinión del niño que tiene edad y grado de madurez suficientes.
Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Cuestiones procesales | Interés superior del niño
Apelación concedida, restitución denegada
3 12 13(1)(b)