CASO

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Nombre del caso

7 UF 39/99, Oberlandesgericht Bamberg

Referencia INCADAT

HC/E/DE 821

Tribunal

País

Alemania

Instancia

Tribunal de Apelaciones

Estados involucrados

Estado requirente

Estados Unidos de América

Estado requerido

Alemania

Fallo

Fecha

9 June 1999

Estado

Definitiva

Fundamentos

Consentimiento - art. 13(1)(a) | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

Fallo

Restitución ordenada

Artículo(s) del Convenio considerados

3 5 13(1)(b) 13(2)

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

3 5 13(1)(b) 13(2)

Otras disposiciones

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Jurisprudencia | Casos referidos

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Publicado en

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INCADAT comentario

Excepciones a la restitución

Grave riesgo de daño
Factores económicos
Jurisprudencia de Alemania

SUMARIO

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Hechos

La solicitud versa sobre un niño nacido en 1996. Había pasado toda su vida en Estados Unidos con sus padres hasta que la madre lo llevó a Alemania en diciembre de 1997. 

El propósito del viaje era motivo de controversia: para la madre, era una mudanza permanente, mientras que para el padre era una visita corta. Recién en mayo de 1998, el padre tomó conocimiento de que la madre no tenía intenciones de regresar. 

El 29 de enero de 1999, el Tribunal de Familia alemán (Familiengeritch) ordenó la restitución del niño. La madre apeló. 

Fallo

Apelación desestimada, restitución ordenada; el traslado fue ilícito y no se probó ninguna de las excepciones conforme a lo exigido en virtud del Convenio. 

Fundamentos

Consentimiento - art. 13(1)(a)

El Tribunal determinó que el padre no había prestado su consentimiento ni aprobado posteriormente la estadía a largo plazo de su hijo en Alemania. 

Grave riesgo - art. 13(1)(b)

La madre argumentó que restituir al niño iría en contra de su interés superior, ya que el padre no podría cuidarlo y su situación económica era precaria. Aseguró que el niño sufriría daños psicológicos irreparables porque abandonaría a sus allegados y porque no tenía relación con el padre. El Tribunal afirmó que era irrelevante si el interés superior del niño era residir con la madre o con el padre, ya que los criterios de custodia no eran evaluados en virtud del artículo 13(1)(b). Sólo se consideraba válida la excepción en casos en los que el interés superior del niño se viese perjudicado seriamente, más allá de las dificultades comúnmente asociadas con la restitución. No se había probado que el padre fuese a dañar al niño física o psicológicamente ni que la situación económica o personal en la que se encontraba pudiese exponer al niño a un grave riesgo. En consecuencia, se emitiría una orden de restitución. El Tribunal observó que los padres habían intentado llegar a un acuerdo general respecto de la disputa, el cual hubiese sido beneficioso para todos, ya que establecía que la madre habría estado a cargo del niño en Alemania y el padre habría tenido amplios derechos de visita en Estados Unidos.

Comentario INCADAT

Factores económicos

Artículo 13(1)(b) y factores económicos

Existen muchos ejemplos, de una variedad de Estados contratantes, en los que los tribunales desestimaron la aplicación de la excepción del artículo 13(1)(b) en casos en que se había aducido que el sustractor (y, por lo tanto, los menores) serían puestos en una situación económica difícil en el supuesto de expedirse una orden de restitución.

Australia
Director General of the Department of Family and Community Services v. Davis (1990) FLC 92-182 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 293]

El hecho de que la madre no pudiera acompañar al menor a Inglaterra por razones económicas o de otra naturaleza no justificaba el incumplimiento de la clara obligación que incumbe a los tribunales australianos en virtud del Convenio.

Canadá
Y.D. v. J.B., [1996] R.D.F. 753 (Que.C.A.) [Referencia INCADAT: HC/E/CA 369]

Una situación económica difícil no representaba una razón válida para rehusarse a restituir a un menor. El Tribunal declaró: "Los signatarios del Convenio no tuvieron presente solamente la protección de menores con padres adinerados, dejando expuestos y sin posibilidad de solicitar la restitución de un menor sustraído en forma ilícita a los padres sin recursos."

France
CA Lyon, 19 septembre 2011, No de RG 11/02919 [Referencia INCADAT: HC/E/FR 1168]

Las condiciones de vida más favorables en Francia no podían ser tenidas en consideración.

Alemania
7 UF 39/99, Oberlandesgericht Bamberg [Referencia INCADAT: HC/E/DE 821]

Nueva Zelanda
K.M.A. v. Secretary for Justice [2007] NZFLR 891 [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 1118]

No se probó la existencia de dificultades económicas. Además, el Tribunal de Apelaciones estimó que era muy poco probable que, de ser necesario, las autoridades australianas no proveyeran algún tipo de asistencia económica o jurídica.

Reino Unido - Inglaterra y Gales
En la jurisprudencia temprana, en reiteradas oportunidades, el Tribunal de Apelaciones rechazó alegaciones de que los factores económicos pudieran justificar el pronunciamiento de la existencia de una situación intolerable a efectos del artículo 13(1)(b).

Re A. (Minors) (Abduction: Custody Rights) [1992] Fam 106 [Referencia INCADAT: HC/E/Uke 48]

En este caso, el tribunal resolvió que no puede afirmarse que la dependencia de prestaciones del Estado constituya una situación intolerable.

B. v. B. (Abduction: custody rights) [1993] Fam. 32, [1993] 2 All ER 144, [1993] 1 FLR 238, [1993] Fam Law 198 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 10]

Dificultades económicas o de vivienda no impidieron que se ordenara la restitución.

Re M. (Abduction: Undertakings) [1995] 1 FLR 1021 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 20]

El tribunal sugirió que la excepción podría establecerse si los niños pequeños fueran a quedar sin vivienda y sin acceso a prestaciones del Estado. No obstante, no podía afirmarse que depender de prestaciones del Estado israelí o del Estado inglés constituyera una situación intolerable.

Reino Unido - Escocia
Starr v. Starr 1999 SLT 335, 1998 SCLR (Notes) 775 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 195]

Suiza
5A_285/2007/frs, IIe Cour de droit civil, arrêt du TF du 16 août 2007 [Referencia INCADAT: HC/E/CH 955]

Zimbabue
Secretary For Justice v. Parker 1999 (2) ZLR 400 (H) [Referencia INCADAT: HC/E/ZW 340]

En algunos casos, los tribunales han adjudicado importancia a la situación económica (o de vivienda) que el niño o el sustractor enfrentarían para establecer si procede o no ordenar el retorno del menor:

Australia
Harris v. Harris [2010] FamCAFC 221 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 1119]

La precaria situación económica en la que se encontraría la madre de ordenarse el retorno del menor fue un factor relevante en la denegación de la restitución.

Francia
CA Paris, 13 avril 2012, No de RG 12/0617 [Referencia INCADAT: HC/E/FR 1189]

En este caso, las dificultades con respecto a la vivienda tuvieron una gran incidencia en la decisión de si correspondía denegar el retorno del menor.

Países Bajos
De directie Preventie, optredend voor zichzelf en namens Y (de vader) tegen X (de moeder) (7 de febrero de 2001, ELRO nr.AA9851 Zaaknr:813-H-00) [Referencia INCADAT: HC/E/NL 314]

En este caso, la situación económica constituyó un factor relevante para establecer si procedía denegar el retorno del menor.

Reino Unido - Escocia
C. v. C. 2003 S.L.T. 793 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 998]

Este caso constituye un ejemplo de cuando la situación económica justifica la denegación de la restitución.

A, Petitioner [2011] CSOH 215, 2012 S.L.T. 370 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 1153]

En este caso, disponer de una vivienda y recursos económicos adecuados fue un factor relevante para establecer si procedía denegar la restitución.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)
Šneersone and Kampanella v. Italy (Application No 14737/09) [Referencia INCADAT: HC/E/ 1152]

Con respecto al retorno de un menor de Letonia a Italia, el TEDH declaró la existencia de una vulneración al artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y señaló que los tribunales italianos con competencia según el Reglamento Bruselas II bis no habían tenido en cuenta el hecho de que no era económicamente viable para la madre regresar con el menor ya que no hablaba italiano y prácticamente no podía conseguir trabajo.

(Autor: Peter McEleavy, abril de 2013)

Jurisprudencia de Alemania

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