CASO

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Nombre del caso

S. v. S., 27 September 1994, transcript, Family Court of Australia (Sydney)

Referencia INCADAT

HC/E/AU 230

Tribunal

País

Australia

Nombre

Family Court of Australia at Sydney

Instancia

Primera Instancia

Estados involucrados

Estado requirente

Canadá

Estado requerido

Australia

Fallo

Fecha

27 September 1994

Estado

Definitiva

Fundamentos

Residencia habitual - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Compromisos

Fallo

Restitución ordenada sujeta a los compromisos asumidos

Artículo(s) del Convenio considerados

1 2 3 5 13(1)(b)

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

3

Otras disposiciones

-

Jurisprudencia | Casos referidos

-

INCADAT comentario

Objetivos y ámbito de aplicación del Convenio

Residencia habitual
Residencia habitual

Excepciones a la restitución

Grave riesgo de daño
Jurisprudencia de Australia y Nueva Zelanda

Dificultades en la implementación & aplicación

Medidas para facilitar la restitución del menor
Compromisos

SUMARIO

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Hechos

El menor, tenían casi dos años a la fecha de la supuesta sustracción ilícita. Él había vivido toda su vida tanto en Canadá como en Australia. Los padres estaban separados y tenían derechos de custodia compartidos, la madre cuidado físico y el padre derechos de contacto.

En octubre de 1993, la madre y el menor regresaron de Australia a Canadá. El 17 de mayo de 1994, la madre se llevó al niño de Canadá y el 28 de Mayo de 1994 llegaron a Australia.

El 24 de mayo de 1994, el tribunal provincial (Provincial Court) de Columbia Británica otorgó al padre la custodia provisoria. El 26 de agosto de 1994, la Autoridad Central Australiana (Australian Central Authority) presentó una solicitud para la restitución del menor.

Fallo

Restitución ordenada, sujeta a compromisos; el menor era residente habitual de Canadá en la fecha correspondiente.

Fundamentos

Residencia habitual - art. 3

Para que un periodo de residencia se transforme en habitual debe haber durado un periodo considerable de tiempo y la persona debe tener un propósito firme. En los hechos, el menor era residente habitual de Canadá inmediatamente antes de su traslado. Sus padres habían tomado la decisión de irse de Australia y comenzar sus vidas nuevamente en Canadá. Existía un grado suficiente de continuidad en el traslado a Canadá para ser correctamente debidamente descripto como establecido.

Grave riesgo - art. 13(1)(b)

Una orden para poner al menor al cuidado de su padre, quien tenía derechos de custodia compartidos y derechos de visita regulares antes del traslado, no lo expondría al menor a un riesgo grave de daño. Aunque el niño podría sufrir un trauma, no llegaría al nivel de daño contemplado por el artículo 13, apartado 1, letra b)..

Compromisos

El tribunal ordenó que el padre suministre los fondos necesarios para que la madre regrese con el menor a Canadá, o bien suministre los pasajes aéreos. Esto garantizaría que todas las partes regresaran a Canadá con anterioridad.

Comentario INCADAT

Para un análisis de la imposición de compromisos, véase: Beaumont P.R. and McEleavy P.E., "The Hague Convention on International Child Abduction" OUP, Oxford, 1999 at p. 161 et seq.

Residencia habitual

La interpretación del concepto central de residencia habitual (Preámbulo, art. 3, art. 4) ha demostrado ser cada vez más problemática en años recientes con interpretaciones divergentes que surgen de distintos Estados contratantes. No hay uniformidad respecto de si al momento de determinar la residencia habitual el énfasis debe estar sobre el niño exclusivamente, prestando atención a las intenciones de las personas a cargo del cuidado del menor, o si debe estar primordialmente en las intenciones de las personas a cargo del cuidado del menor. Al menos en parte como resultado, la residencia habitual puede parecer constituir un factor de conexión muy flexible en algunos Estados contratantes y mucho más rígido y reflejo de la residencia a largo plazo en otros.

La valoración de la interpretación de residencia habitual se torna aún más complicada por el hecho de que los casos que se concentran en el concepto pueden involucrar situaciones fácticas muy diversas. A modo de ejemplo, la residencia habitual puede tener que considerarse como consecuencia de una mudanza permanente, o una mudanza más tentativa, aunque tenga una duración indefinida o potencialmente indefinida, o la mudanza pueda ser, de hecho, por un plazo de tiempo definido.

Tendencias generales:

La jurisprudencia de los tribunales federales de apelación de los Estados Unidos de América puede tomarse como ejemplo de la amplia gama de interpretaciones existentes en lo que respecta a la residencia habitual.

Enfoque centrado en el menor

El Tribunal Federal de Apelaciones de los Estados Unidos de América del 6º Circuito ha apoyado firmemente el enfoque centrado en el menor en la determinación de la residencia habitual.

Friedrich v. Friedrich, 983 F. 2d 1396, 125 ALR Fed. 703 (6th Cir. 1993), [Referencia INCADAT: HC/Ee/USF 142];

Robert v. Tesson, 507 F.3d 981 (6th Cir. 2007) [Referencia INCADAT: HC/E/US 935].

Veáse también:

Villalta v. Massie, No. 4:99cv312-RH (N.D. Fla. Oct. 27, 1999) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 221].

Enfoque combinado: conexión del menor / intención de los padres

Los Tribunales Federales de Apelaciones de los Estados Unidos de América de los 3º y 8º  Circuitos han adoptado un enfoque centrado en el menor pero que igualmente tiene en cuenta las intenciones compartidas de los padres.

El fallo clave es el del caso: Feder v. Evans-Feder, 63 F.3d 217 (3d Cir. 1995), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 83].

Veánse también:

Silverman v. Silverman, 338 F.3d 886 (8th Cir. 2003), [Referencai INCADAT: HC/E/USf 530];

Karkkainen v. Kovalchuk, 445 F.3d 280 (3rd Cir. 2006), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 879].

En este último asunto se estableció una distinción entre las situaciones que involucran a niños muy pequeños, en las cuales se atribuye especial importancia a las intenciones de los padres (véase por ejemplo: Baxter v. Baxter, 423 F.3d 363 (3rd Cir. 2005) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 808]) y aquellas que involucran a niños más mayores, donde el impacto de las intenciones de los padres ya es más limitado.

Enfoque centrado en la intención de los padres

El fallo del Tribunal Federal de Apelaciones de los Estados Unidos de América del 9º Circuito en Mozes v. Mozes, 239 F.3d 1067 (9th Cir. 2001) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 301] ha sido altamente influyente al disponer que, por lo general, debería haber una intención establecida de abandonar una residencia habitual antes de que un menor pueda adquirir una nueva.

Esta interpretación ha sido adoptada y desarrollada en otras sentencias de tribunales federales de apelación, de modo tal que la ausencia de intención compartida de los padres respecto del objeto de la mudanza derivó en la conservación de la residencia habitual vigente, aunque el menor hubiera estado fuera de dicho Estado durante un período de tiempo extenso. Véanse por ejemplo:

Holder v. Holder, 392 F.3d 1009, 1014 (9th Cir. 2004) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 777]: Conservación de la residencia habitual en los Estados Unidos luego de 8 meses de una estadía intencional de cuatro años en Alemania;

Ruiz v. Tenorio, 392 F.3d 1247, 1253 (11th Cir. 2004) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 780]: Conservación de la residencia habitual en los Estados Unidos durante una estadía de 32 meses en México;

Tsarbopoulos v. Tsarbopoulos, 176 F. Supp.2d 1045 (E.D. Wash. 2001), [Referencai INCADAT: HC/E/USf 482]: conservación de la residencia habitual en los Estados Unidos durante una estadía de 27 meses en Grecia;

El enfoque en el asunto Mozes ha sido aprobado asimismo por el Tribunal Federal de Apelaciones de los Circuitos 2º y 7º:

Gitter v. Gitter, 396 F.3d 124, 129-30 (2d Cir. 2005), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 776];

Koch v. Koch, 450 F.3d 703 (7th Cir.2006), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 878].

Con respecto al enfoque aplicado en el asunto Mozes, cabe destacar que el 9º Circuito sí reconoció que, con tiempo suficiente y una experiencia positiva, la vida de un menor podría integrarse tan firmemente en el nuevo país de manera de pasar a tener residencia habitual allí sin perjuicio de las intenciones en contrario que pudieren tener los padres.

Otros Estados

Hay diferencias en los enfoques que adoptan otros Estados.

Austria
La Corte Suprema de Austria ha establecido que un periodo de residencia superior a seis meses en un Estado será considerado generalmente residencia habitual, aún en el caso en que sea contra la voluntad de la persona que se encarga del cuidado del niño (ya que se trata de una determinación fáctica del centro de su vida).

8Ob121/03g, Oberster Gerichtshof [Referencia INCADAT: HC/E/AT 548].

Canadá
En la Provincia de Quebec se adopta un enfoque centrado en el menor:

En el asunto Droit de la famille 3713, N° 500-09-010031-003 [Referencia INCADAT: HC/E/CA 651], el Tribunal de Apelaciones de Montreal sostuvo que la determinación de la residencia habitual de un menor es una cuestión puramente fáctica que debe resolverse a la luz de las circunstancias del caso, teniendo en cuenta la realidad de la vida del menor, más que a la de sus padres. El plazo de residencia efectiva debe ser por un período de tiempo significativo e ininterrumpido y el menor debe tener un vínculo real y activo con el lugar. Sin embargo, no se establece un período de residencia mínimo.

Alemania
En la jurisprudencia alemana se evidencia asimismo un enfoque fáctico centrado en la vida del menor:

2 UF 115/02, Oberlandesgericht Karlsruhe [Referencia INCADAT: HC/E/DE 944].

Esto condujo a que el Tribunal Federal Constitucional aceptara que la residencia habitual se puede adquirir sin perjuicio de que el niño haya sido trasladado de forma ilícita al nuevo Estado de residencia:

Bundesverfassungsgericht, 2 BvR 1206/98, 29. Oktober 1998  [Referencia INCADAT: HC/E/DE 233].

El Tribunal Constitucional confirmó la decisión del Tribunal Regional de Apelaciones por la que se estableció que los niños habían adquirido residencia habitual en Francia, sin perjuicio de la naturaleza de su traslado a ese lugar. La fundamentación consistió en que la residencia habitual es un concepto fáctico y que durante los nueve meses que estuvieron allí, los niños se integraron al entorno local.

Israel
En este país se adoptaron enfoques alternativos para determinar la residencia habitual del niño. Algunas veces se ha puesto bastante atención en las intenciones de los padres. Véanse:

Family Appeal 1026/05 Ploni v. Almonit [Referencia INCADAT: HC/E/Il 865];

Family Application 042721/06 G.K. v Y.K. [Referencia INCADAT: HC/E/Il 939].

No obstante, en otros casos se ha hecho referencia a un enfoque más centrado en el menor. Véase:

decisión de la Corte Suprema en C.A. 7206/03, Gabai v. Gabai, P.D. 51(2)241;

FamA 130/08 H v H [Referencia INCADAT: HC/E/Il 922].

Nueva Zelanda
Asimismo, cabe destacar que, a diferencia del enfoque adoptado en Mozes, la mayoría de los miembros del Tribunal de Apelaciones de Nueva Zelanda rechazó expresamente la idea de que para adquirir una nueva residencia habitual se deba tener una intención establecida de abandonar la residencia habitual vigente. Véase:

S.K. v K.P. [2005] 3 NZLR 590, [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 816].

Suiza
En la jurisprudencia suiza se puede ver un enfoque fáctico centrado en la vida del menor:

5P.367/2005/ast, Bundesgericht, II. Zivilabteilung (Tribunal Fédéral, 2ème Chambre Civile) [Referencia INCADAT: HC/E/CH 841].

Reino Unido
El enfoque estándar consiste en considerar la intención establecida de las personas que se encargan del cuidado del menor en consonancia con la realidad fáctica de la vida de aquel.

Re J. (A Minor) (Abduction: Custody Rights) [1990] 2 AC 562, [1990] 2 All ER 961, [1990] 2 FLR 450, sub nom C. v. S. (A Minor) (Abduction) [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 2].

Para una opinión doctrinaria acerca de los diferentes enfoques sobre el concepto de residencia habitual en los países del common law, véanse:

R. Schuz, Habitual Residence of Children under the Hague Child Abduction Convention: Theory and Practice, Child and Family Law Quarterly Vol 13 1 (2001) 1.

R. Schuz, Policy Considerations in Determining Habitual Residence of a Child and the Relevance of Context, Journal of Transnational Law and Policy Vol. 11, 101 (2001).

Jurisprudencia de Australia y Nueva Zelanda

En Australia, inicialmente se adoptó un enfoque muy estricto con respecto al artículo 13(1)(b). Véanse:

Director-General Department of Families, Youth and Community Care and Hobbs, 24 September 1999, Family Court of Australia (Brisbane) [Referencia INCADAT: HC/E/AU 294];

Director General of the Department of Family and Community Services v. Davis (1990) FLC 92-182 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 293].

Sin embargo, luego de la sentencia dictada por el tribunal supremo en el marco de apelaciones conjuntas:

D.P. v. Commonwealth Central Authority; J.L.M. v. Director-General, New South Wales Department of Community Services (2001) 206 CLR 401; (2001) FLC 93-081), [Referencia INCADAT: HC/E/AU 346, 347], en la que se adoptó una interpretación literal de la excepción, se presta más atención al riesgo que enfrenta el menor y a la situación posterior a la restitución. 

En el marco del caso de un sustractor —que era la persona que ejercía el cuidado principal del menor— que se negaba a regresar al Estado de residencia habitual del menor, véase:

Director General, Department of Families v. R.S.P. [2003] FamCA 623, [Referencia INCADAT: HC/E/AU 544].

Con relación a un menor que enfrentaba un grave riesgo de daño psicológico, véase:

JMB and Ors & Secretary, Attorney-General's Department [2006] FamCA 59, [Referencia INCADAT: HC/E/AU 871].

Para ejemplos recientes de casos en los que se rechazó la excepción de grave riesgo de daño, véase:

H.Z. v. State Central Authority [2006] FamCA 466, [Referencia INCADAT: HC/E/AU 876];

State Central Authority v. Keenan [2004] FamCA 724, [Referencia INCADAT: HC/E/AU 782].

Nueva Zelanda
La autoridad de apelación, en principio, indicó que el cambio de énfasis adoptado en Australia con respecto al artículo 13(1)(b) se seguiría asimismo en Nueva Zelanda. Véase:

El Sayed v. Secretary for Justice, [2003] 1 NZLR 349, [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 495].

No obstante, en la decisión más reciente: K.S. v. L.S. [2003] 3 NZLR 837 [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 770] el tribunal de apelaciones (High Court) de Nueva Zelanda (Auckland) confirmó, aunque formulado obiter dictum, que la interpretación vinculante en Nueva Zelanda continuaba siendo la interpretación estricta efectuada por el Tribunal de Apelaciones en el caso:

Anderson v. Central Authority for New Zealand [1996] 2 NZLR 517 (CA), [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 90].

Compromisos

Preparación del análisis de jurisprudencia de INCADAT en curso.