HC/E/USf 530
Estados Unidos de América - Competencia Federal
United States Court of Appeals for the Eighth Circuit (Estados Unidos)
Tribunal de Apelaciones
Israel
Estados Unidos de América - Competencia Federal
8 May 2003
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Residencia habitual - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2) | Cuestiones procesales
Apelación concedida, restitución ordenada
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Con respecto a la residencia habitual 7 jueces apoyaron el fallo de Beam C.J., quien había votado en disidencia en la apelación del 11 de diciembre de 2002. Al considerar el estándar de revisión aplicable a la apelación la mayoría sostuvo que si la residencia habitual se tratara como puramente fáctica, a decidirse por un juez individual en circunstancias individuales únicas en cada caso, los padres nunca podrían determinar si están en riesgo de perder la custodia al permitir que sus hijos viajen al exterior o al permitirles hacer viajes internacional con el cónyuge separado. Consecuentemente, concluyó que la residencia habitual se trataba de una determinación legal y que podía estar sujeta a nueva revisión. La mayoría sostuvo que el Tribunal de Distrito se había equivocado en su determinación, que debió haber considerado cuál era la residencia habitual de los menores al momento en que la madre se los llevó de Israel, recordando que ellos sólo podían tener una residencia habitual. El Tribunal de Distrito debió haber determinado el grado de propósito establecido desde la perspectiva de los menores, incluyendo el cambio geográfico de la familia, el llevarse todas sus pertenencias personales y mascotas, el transcurso del tiempo, el que la familia abandonara su residencia anterior y vendiera la casa, el que solicitaran y se aseguraran beneficios únicamente disponibles a inmigrantes israelíes, la matriculación de los niños en el colegio y, en cierto grado, la intención de ambos padres al momento de mudarse a Israel. La mayoría sostuvo que a diferencia que en los casos En re Ponath, 829 F. Supp. 363 (D. Utah 1993) [INCADAT cite: HC/E/USf 144] and Tsarbopoulos v Tsarbopoulos 176 F. Supp. 2d 1045; 2001 U.S. Dist [INCADAT cite: HC/E/USf 482], no hubo abuso previo a la mudanza y no hubo coerción al hacer que la madre se mudara a Israel. La madre tuvo la intención de mudarse a Israel y de hacer de ese país su hogar. Su deseo posterior a la mudanza de regresar a los Estados Unidos, y lo que entendió el tribunal de distrito en cuanto a que ella fue objeto de coerción y abuso iniciados dos meses después de su llegada, no varió la conclusión legal de que la residencia habitual de los menores se había trasladado de Minnesota a Israel. Los dos jueces que fallaron por mayoría el 11 de diciembre de 2002 y dos jueces adicionales estuvieron en desacuerdo con la interpretación dada a la residencia habitual. La disidencia sostuvo que el Tribunal de Distrito había hecho exactamente lo que se le requería conforme el Convenio de La Haya, examinó todas las circunstancias y determinó que los Silverman no tenían una intención mutua establecida de abandonar los Estados Unidos como residencia habitual de sus hijos. Los jueces disidentes sostuvieron que la mayoría había enfatizado selectivamente un nuevo hecho que podría haber llevado al Tribunal de Distrito a un conclusión opuesta, particularmente que los Silverman habían vendido su casa y mudado sus pertenencias a Israel. Sin embargo, la mayoría disimuló aquellos puntos que debilitaban su posición: la familia solo estuvo fuera de los Estados Unidos durante un breve tiempo (más corto aun si se considera que diez de los once meses que la madre y los niños pasaron allí, lo fueron bajo violencia); nunca compraron un inmueble mientras estuvieron en Israel; y sostuvieron que Minnesota era su hogar en dos procedimientos separados, los cuales tuvieron lugar mientras vivían en Israel. Consecuentemente, el Tribunal de Distrito estuvo acertado en su discrecionalidad de entender que el padre no había cumplido su carga de probar que los niños no eran residente habituales de Israel.
La mayoría señaló que la prueba presentada se centralizó en la violencia regional general que amenazaba a todos en el país. Determinó que esto no era suficiente para establecer una "zona de guerra" que pusiera a los niños en "grave riesgo de daño físico o psicológico". 4 de los 12 jueces sostuvieron sin embargo que correspondía al Tribunal de distrito determinar si los menores estarían sujetos a daño físico o psicológico si eran apartados en forma separada o conjunta del hogar de su madre en los Estados Unidos y restituidos a Israel.
5 de los 12 jueces sostuvieron que el caso debía ser remitido al Tribunal de Distrito para mayores actuaciones a fin de determinar las opiniones, si las hubiere, de los menores, y para que se determine si siendo ahora de 11 años y 6 meses y 8 años cuentan con edad y grado de madurez suficientes para que resulte apropiado tener en consideración sus opiniones.
El Tribunal señaló que en el presente caso existía un potencial interrogante de Rooker-Feldman, a saber, si el fallo del tribunal estadual del 4 de mayo de 2001 había despojado a los tribunales federales de primera instancia con jurisdicción en razón de la materia de considerar y revisar las cuestiones del Convenio de La Haya planteadas por el padre ante el tribunal de distrito federal. Por unanimidad el Tribunal entendió que la doctrina de Rooker-Feldman no se aplicaba a las pretensiones del caso.
El 28 de agosto de 2003 el Tribunal de Distrito Estadounidense para el Distrito de Minnesota dicto sentencia especificando las modalidades del la restitución de los menores: Silverman v. Silverman, 2003 U.S. Dist. LEXIS 15788 (D. Minn., Aug. 28, 2003).
La Corte Suprema rechazó la solicitud de auto de revisión de sentencia (writ of certiorari) en Schuster v. Silverman, 157 L. Ed. 2d 893, 2004 U.S. LEXIS 87 (U.S., 2004).
La interpretación del concepto central de residencia habitual (Preámbulo, art. 3, art. 4) ha demostrado ser cada vez más problemática en años recientes con interpretaciones divergentes que surgen de distintos Estados contratantes. No hay uniformidad respecto de si al momento de determinar la residencia habitual el énfasis debe estar sobre el niño exclusivamente, prestando atención a las intenciones de las personas a cargo del cuidado del menor, o si debe estar primordialmente en las intenciones de las personas a cargo del cuidado del menor. Al menos en parte como resultado, la residencia habitual puede parecer constituir un factor de conexión muy flexible en algunos Estados contratantes y mucho más rígido y reflejo de la residencia a largo plazo en otros.
La valoración de la interpretación de residencia habitual se torna aún más complicada por el hecho de que los casos que se concentran en el concepto pueden involucrar situaciones fácticas muy diversas. A modo de ejemplo, la residencia habitual puede tener que considerarse como consecuencia de una mudanza permanente, o una mudanza más tentativa, aunque tenga una duración indefinida o potencialmente indefinida, o la mudanza pueda ser, de hecho, por un plazo de tiempo definido.
Tendencias generales:
La jurisprudencia de los tribunales federales de apelación de los Estados Unidos de América puede tomarse como ejemplo de la amplia gama de interpretaciones existentes en lo que respecta a la residencia habitual.
Enfoque centrado en el menor
El Tribunal Federal de Apelaciones de los Estados Unidos de América del 6º Circuito ha apoyado firmemente el enfoque centrado en el menor en la determinación de la residencia habitual.
Friedrich v. Friedrich, 983 F. 2d 1396, 125 ALR Fed. 703 (6th Cir. 1993), [Referencia INCADAT: HC/Ee/USF 142];
Robert v. Tesson, 507 F.3d 981 (6th Cir. 2007) [Referencia INCADAT: HC/E/US 935].
Veáse también:
Villalta v. Massie, No. 4:99cv312-RH (N.D. Fla. Oct. 27, 1999) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 221].
Enfoque combinado: conexión del menor / intención de los padres
Los Tribunales Federales de Apelaciones de los Estados Unidos de América de los 3º y 8º Circuitos han adoptado un enfoque centrado en el menor pero que igualmente tiene en cuenta las intenciones compartidas de los padres.
El fallo clave es el del caso: Feder v. Evans-Feder, 63 F.3d 217 (3d Cir. 1995), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 83].
Veánse también:
Silverman v. Silverman, 338 F.3d 886 (8th Cir. 2003), [Referencai INCADAT: HC/E/USf 530];
Karkkainen v. Kovalchuk, 445 F.3d 280 (3rd Cir. 2006), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 879].
En este último asunto se estableció una distinción entre las situaciones que involucran a niños muy pequeños, en las cuales se atribuye especial importancia a las intenciones de los padres (véase por ejemplo: Baxter v. Baxter, 423 F.3d 363 (3rd Cir. 2005) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 808]) y aquellas que involucran a niños más mayores, donde el impacto de las intenciones de los padres ya es más limitado.
Enfoque centrado en la intención de los padres
El fallo del Tribunal Federal de Apelaciones de los Estados Unidos de América del 9º Circuito en Mozes v. Mozes, 239 F.3d 1067 (9th Cir. 2001) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 301] ha sido altamente influyente al disponer que, por lo general, debería haber una intención establecida de abandonar una residencia habitual antes de que un menor pueda adquirir una nueva.
Esta interpretación ha sido adoptada y desarrollada en otras sentencias de tribunales federales de apelación, de modo tal que la ausencia de intención compartida de los padres respecto del objeto de la mudanza derivó en la conservación de la residencia habitual vigente, aunque el menor hubiera estado fuera de dicho Estado durante un período de tiempo extenso. Véanse por ejemplo:
Holder v. Holder, 392 F.3d 1009, 1014 (9th Cir. 2004) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 777]: Conservación de la residencia habitual en los Estados Unidos luego de 8 meses de una estadía intencional de cuatro años en Alemania;
Ruiz v. Tenorio, 392 F.3d 1247, 1253 (11th Cir. 2004) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 780]: Conservación de la residencia habitual en los Estados Unidos durante una estadía de 32 meses en México;
Tsarbopoulos v. Tsarbopoulos, 176 F. Supp.2d 1045 (E.D. Wash. 2001), [Referencai INCADAT: HC/E/USf 482]: conservación de la residencia habitual en los Estados Unidos durante una estadía de 27 meses en Grecia;
El enfoque en el asunto Mozes ha sido aprobado asimismo por el Tribunal Federal de Apelaciones de los Circuitos 2º y 7º:
Gitter v. Gitter, 396 F.3d 124, 129-30 (2d Cir. 2005), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 776];
Koch v. Koch, 450 F.3d 703 (7th Cir.2006), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 878].
Con respecto al enfoque aplicado en el asunto Mozes, cabe destacar que el 9º Circuito sí reconoció que, con tiempo suficiente y una experiencia positiva, la vida de un menor podría integrarse tan firmemente en el nuevo país de manera de pasar a tener residencia habitual allí sin perjuicio de las intenciones en contrario que pudieren tener los padres.
Otros Estados
Hay diferencias en los enfoques que adoptan otros Estados.
Austria
La Corte Suprema de Austria ha establecido que un periodo de residencia superior a seis meses en un Estado será considerado generalmente residencia habitual, aún en el caso en que sea contra la voluntad de la persona que se encarga del cuidado del niño (ya que se trata de una determinación fáctica del centro de su vida).
8Ob121/03g, Oberster Gerichtshof [Referencia INCADAT: HC/E/AT 548].
Canadá
En la Provincia de Quebec se adopta un enfoque centrado en el menor:
En el asunto Droit de la famille 3713, N° 500-09-010031-003 [Referencia INCADAT: HC/E/CA 651], el Tribunal de Apelaciones de Montreal sostuvo que la determinación de la residencia habitual de un menor es una cuestión puramente fáctica que debe resolverse a la luz de las circunstancias del caso, teniendo en cuenta la realidad de la vida del menor, más que a la de sus padres. El plazo de residencia efectiva debe ser por un período de tiempo significativo e ininterrumpido y el menor debe tener un vínculo real y activo con el lugar. Sin embargo, no se establece un período de residencia mínimo.
Alemania
En la jurisprudencia alemana se evidencia asimismo un enfoque fáctico centrado en la vida del menor:
2 UF 115/02, Oberlandesgericht Karlsruhe [Referencia INCADAT: HC/E/DE 944].
Esto condujo a que el Tribunal Federal Constitucional aceptara que la residencia habitual se puede adquirir sin perjuicio de que el niño haya sido trasladado de forma ilícita al nuevo Estado de residencia:
Bundesverfassungsgericht, 2 BvR 1206/98, 29. Oktober 1998 [Referencia INCADAT: HC/E/DE 233].
El Tribunal Constitucional confirmó la decisión del Tribunal Regional de Apelaciones por la que se estableció que los niños habían adquirido residencia habitual en Francia, sin perjuicio de la naturaleza de su traslado a ese lugar. La fundamentación consistió en que la residencia habitual es un concepto fáctico y que durante los nueve meses que estuvieron allí, los niños se integraron al entorno local.
Israel
En este país se adoptaron enfoques alternativos para determinar la residencia habitual del niño. Algunas veces se ha puesto bastante atención en las intenciones de los padres. Véanse:
Family Appeal 1026/05 Ploni v. Almonit [Referencia INCADAT: HC/E/Il 865];
Family Application 042721/06 G.K. v Y.K. [Referencia INCADAT: HC/E/Il 939].
No obstante, en otros casos se ha hecho referencia a un enfoque más centrado en el menor. Véase:
decisión de la Corte Suprema en C.A. 7206/03, Gabai v. Gabai, P.D. 51(2)241;
FamA 130/08 H v H [Referencia INCADAT: HC/E/Il 922].
Nueva Zelanda
Asimismo, cabe destacar que, a diferencia del enfoque adoptado en Mozes, la mayoría de los miembros del Tribunal de Apelaciones de Nueva Zelanda rechazó expresamente la idea de que para adquirir una nueva residencia habitual se deba tener una intención establecida de abandonar la residencia habitual vigente. Véase:
S.K. v K.P. [2005] 3 NZLR 590, [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 816].
Suiza
En la jurisprudencia suiza se puede ver un enfoque fáctico centrado en la vida del menor:
5P.367/2005/ast, Bundesgericht, II. Zivilabteilung (Tribunal Fédéral, 2ème Chambre Civile) [Referencia INCADAT: HC/E/CH 841].
Reino Unido
El enfoque estándar consiste en considerar la intención establecida de las personas que se encargan del cuidado del menor en consonancia con la realidad fáctica de la vida de aquel.
Re J. (A Minor) (Abduction: Custody Rights) [1990] 2 AC 562, [1990] 2 All ER 961, [1990] 2 FLR 450, sub nom C. v. S. (A Minor) (Abduction) [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 2].
Para una opinión doctrinaria acerca de los diferentes enfoques sobre el concepto de residencia habitual en los países del common law, véanse:
R. Schuz, Habitual Residence of Children under the Hague Child Abduction Convention: Theory and Practice, Child and Family Law Quarterly Vol 13 1 (2001) 1.
R. Schuz, Policy Considerations in Determining Habitual Residence of a Child and the Relevance of Context, Journal of Transnational Law and Policy Vol. 11, 101 (2001).
En la jurisprudencia temprana relativa al Convenio se advertía una clara reticencia de los tribunales de apelación a concluir que un menor carecía de residencia habitual. Esto se debía a la preocupación de que dicha conclusión tornara al instrumento inaplicable. Véanse:
Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re F. (A Minor) (Child Abduction) [1992] 1 FLR 548 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 40];
Australia
Cooper v. Casey (1995) FLC 92-575 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 104].
Sin embargo, más recientemente, se ha reconocido que existen situaciones en las que no es posible considerar que un menor tiene residencia habitual en algún lugar:
D.W. & Director-General, Department of Child Safety [2006] FamCA 93, [Referencia INCADAT: HC/E/AU 870].
En este caso, la mayoría aceptó que podía decirse que su decisión privaba al menor de la protección del Convenio. No obstante, la mayoría afirmó que, por lo general, el interés del menor puede verse negativamente afectado por la tendencia de los tribunales a resolver que un padre que intenta una reconciliación en un país extranjero pasa a tener su "residencia habitual" en dicho país extranjero al igual que el menor.
Reino Unido - Inglaterra y Gales
W. and B. v. H. (Child Abduction: Surrogacy) [2002] 1 FLR 1008 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 470];
Reino Unido - Escocia
Robertson v. Robertson 1998 SLT 468 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 194];
D. v. D. 2002 SC 33 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 351];
Nueva Zelanda
S.K. v. K.P. [2005] 3 NZLR 590, [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 816];
Estados Unidos de América
Delvoye v. Lee, 329 F.3d 330 (3rd Cir. 2003) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 529];
Ferraris v. Alexander, 125 Cal. App. 4th 1417 (2005) [Referencia INCADAT: HC/E/US 797].
Durante mucho tiempo, comentaristas académicos han sostenido que si la naturaleza fáctica del factor de conexión ha de respetarse, pueden surgir situaciones en las que una persona tenga residencia habitual en más de un lugar en un momento dado. Véase en particular:
Clive E. M., The Concept of Habitual Residence, Juridical Review (1997), 137.
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones de Inglaterra ha aceptado que, en el contexto de la competencia en materia de divorcio, es posible que un adulto tenga residencia habitual en dos lugares simultáneamente. Véase:
Ikimi v. Ikimi [2001] EWCA Civ 873, [2002] Fam 72.
No obstante, en el marco de procesos relativos al Convenio, los tribunales han adoptado la opinión de que un menor solo puede tener un lugar de residencia habitual. Véanse, por ejemplo:
Canadá
SS-C c GC, Cour supérieure (Montréal), 15 août 2003, n° 500-04-033270-035, [Referencia INCADAT: HC/E/CA 916];
Wilson v. Huntley (2005) A.C.W.S.J. 7084; 138 A.C.W.S. (3d) 1107 [Referncia INCADAT: HC/E/CA 800].
Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re V. (Abduction: Habitual Residence) [1995] 2 FLR 992, [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 45].
En este caso en el que los menores vivían entre Grecia e Inglaterra, el tribunal sostuvo que su residencia habitual también variaba. El tribunal descartó que tuvieran residencia habitual en Grecia y en Inglaterra en simultaneo.
Estados Unidos de América
Friedrich v. Friedrich, 983 F.2d 1396, (6th Cir. 1993) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 142].
Cuando existen pruebas claras de la intención de emprender una nueva vida en otro Estado, la residencia habitual actual se perderá y se adquirirá una nueva.
En jurisdicciones de common law, se acepta que la adquisición de una nueva residencia habitual puede ocurrir en un período de tiempo breve. Véase:
Canadá
DeHaan v. Gracia [2004] AJ No.94 (QL), [2004] ABQD 4, [Referencia INCADAT: HC/E/CA 576];
Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re J. (A Minor) (Abduction: Custody Rights) [1990] 2 AC 562 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 2];
Re F. (A Minor) (Child Abduction) [1992] 1 FLR 548, [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 40].
Suiza
Bundesgericht, II. Zivilabteilung (Tribunal Fédéral, 2ème Chambre Civile) Décision du 15 novembre 2005, 5P.367/2005 /ast, [Referencia INCADAT: HC/E/CH 841].
Mudanza sometida a una condición futura
Si el acuerdo de los padres con respecto a instalarse en otro país se somete a una condición futura, ¿la residencia habitual previa a la mudanza se pierde inmediatamente al dejar ese país?
Australia
El Tribunal de Familia de Australia en pleno respondió a esta pregunta en negativo y sostuvo además que la pérdida de la residencia habitual puede incluso no derivarse del cumplimiento de la condición si el padre que tiene intenciones de mudarse no se compromete claramente con la mudanza en ese momento. Véase:
Kilah & Director-General, Department of Community Services [2008] FamCAFC 81, [Referencia INCADAT: HC/E/AU 995].
Sin embargo, esta sentencia fue revocada en apelación por el Tribunal de Apelaciones de Australia, el que declaró que la residencia habitual puede perderse si la voluntad de mudarse había sido continua de manera de poder ser descrita como firme. No hace falta tener una intención firme para establecer residencia “a largo plazo”.
L.K. v. Director-General Department of Community Services [2009] HCA 9, (2009) 253 ALR 202, [Referencia INCADAT: HC/E/AU 1012].
Cuando la instalación en el extranjero es por tiempo indefinido o posiblemente lo sea, la residencia habitual al momento de la mudanza puede perderse y una nueva adquirirse relativamente rápido. Véase:
Reino Unido - Inglaterra y Gales (Caso no comprendido en el ámbito del Convenio)
Al Habtoor v. Fotheringham [2001] EWCA Civ 186, [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 875];
Nueva Zelanda
Callaghan v. Thomas [2001] NZFLR 1105 [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 413];
Reino Unido - Escocia
Cameron v. Cameron 1996 SC 17, 1996 SLT 306, 1996 SCLR 25 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 71];
Moran v. Moran 1997 SLT 541 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 74];
Estados Unidos de América
Karkkainen v. Kovalchuk, 445 F.3d 280 (3rd Cir. 2006), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 879].
Cuando la instalación en el extranjero es por un tiempo limitado, aunque sea por un período extenso, ciertos Estados contratantes han aceptado que la residencia habitual anterior pueda conservarse durante ese período. Véase:
Dinamarca
Ø.L.K., 5. Abril 2002, 16. afdeling, B-409-02 [Referencia INCADAT: HC/E/DK 520];
Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re H. (Abduction: Habitual Residence: Consent) [2000] 2 FLR 294; [2000] 3 FCR 412 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 478];
Estados Unidos de América
Morris v. Morris, 55 F. Supp. 2d 1156 (D. Colo., Aug. 30, 1999) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 306];
Mozes v. Mozes, 239 F.3d 1067 (9th Cir. 2001) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 301].
No obstante, en un caso en que una mudanza había de extenderse por dos años, el Tribunal Federal de Apelaciones para el Tercer Circuito concluyó que se había producido un cambio de residencia habitual poco después de la mudanza. Véase:
Whiting v. Krassner, 391 F.3d 540 (3rd Cir. 2004) [Referencia INCADAT: HC/E/US 778].
En un fallo inglés de primera instancia, se sostuvo que un menor había adquirido residencia habitual en Alemania luego de cinco meses si bien la familia se había mudado allí sólo por un contrato temporal de seis meses. Véase:
Re R. (Abduction: Habitual Residence) [2003] EWHC 1968 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 580].
El Tribunal de Apelaciones de China (RAE de Hong Kong) consideró que una mudanza por un período de meses había prducido el cambio de residencia habitual:
B.L.W. v. B.W.L. [2007] 2 HKLRD 193, [Referencia INCADAT: HC/E/HK 975].
En algunas ocasiones, la excepción del artículo 13(1)(b) ha sido invocada, no con respecto a un riesgo específico para el menor, sino a la situación imperante en el Estado de residencia habitual.
En la célebre sentencia de apelación de los Estados Unidos Friedrich v. Friedrich, 78 F.3d 1060 (6th Cir. 1996) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 82], el tribunal declaró, entre otras cosas, que solo podía existir un riesgo grave cuando el retorno pudiera exponer al menor a un peligro inminente antes de la resolución de la cuestión de la custodia, por ejemplo, si se restituyera al menor a una zona azotada por la guerra o la hambruna.
Esta cuestión se ha planteado sobre todo con respecto a Israel.
Retorno a Israel
La cuestión de si el retorno de un menor a Israel lo expondría a un riesgo grave ha generado divisiones entre los tribunales. Sin embargo, la mayoría ha considerado que no sería el caso. Véanse:
Argentina
A. v. A. [Referencia INCADAT: HC/E/AR 487]
Australia
Kilah & Director-General, Department of Community Services [2008] FamCAFC 81 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 995]
Bélgica
No 03/3585/A, Tribunal de première instance de Bruxelles [Referencia INCADAT: HC/E/BE 547]
Canadá
Docket No 1 F 3709/00; C., 4 December 2001, Superior Court of Justice, Ontario, Court File No 01-FA-10575
Dinamarca
V.L.K., 11. januar 2002, 13. afdeling, B-2939-01 [Referencia INCADAT: HC/E/DK 519]
Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re S. (A Child) (Abduction: Grave Risk of Harm) [2002] 3 FCR 43, [2002] EWCA Civ 908 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 469]
Francia
CA Aix en Provence, 8 octobre 2002, No de RG 02/14917 [Referencia INCADAT: HC/E/FR 509]
Alemania
1 F 3709/00, Familiengericht Zweibrücken, 25 January 2001 [Referencia INCADAT: HC/E/DE 392]
Estado Unidos de América
Freier v. Freier, 969 F. Supp. 436 (E.D. Mich. 1996) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 133]
No obstante, el argumento ha sido acogido en varias ocasiones:
Australia
Janine Claire Genish-Grant and Director-General Department of Community Services [2002] FamCA 346 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 458]
Estado Unidos de América
Silverman v. Silverman, 2002 U.S. Dist. LEXIS 8313 [Referencia INCADAT: HC/E/USf 481] (see however: Silverman v. Silverman, 338 F.3d 886 (8th Cir. 2003) [Referencia INCADAT: HC/E/US 530])
Retorno a Zimbabue
En 2008, la Cámara de los Lores, máxima instancia en el Reino Unido, rechazó un argumento según el cual el ambiente político y social en Zimbabue era de una naturaleza tal que el retorno de niños a ese país los expondría a un riesgo grave de daño psicológico o a una situación intolerable.
Re M. (Children) (Abduction: Rights of Custody) [2007] UKHL 55 [2008] 1 AC 1288 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 937]
Retorno a México
CA Rennes, 28 juin 2011, No de RG 11/02685 [Referencia INCADAT: HC/E/FR 1129]
La madre alegó la contaminación de la ciudad de México, el nivel de inseguridad a causa de la delincuencia en dicha metrópolis, y el riesgo de terremotos. No demostró, sin embargo, cómo estos riesgos afectaban en forma personal y directa a los menores. En un documento que había enviado al padre en 2010, en lugar de mencionar esos factores como los motivos de su decisión de mudarse a Francia, se había referido a dificultades de índole económica y familiar. Asimismo, el tribunal de apelaciones señaló que esos factores no le habían impedido vivir en México de 1998 a 2010 y criar allí a dos niños. Indicó, además, que la madre no había estimado conveniente solicitar autorización a las autoridades mexicanas para mudarse a Francia con sus hijos, sin explicar las razones que, a su entender, podían poner en peligro su derecho a un procedimiento justo en México.
El tribunal de apelaciones aclaró que no estaba afirmando que las pretensiones de la madre carecieran de fundamento. Podrían utilizarse cuando se tratara la cuestión de fondo de la custodia, pero no constituían prueba suficiente de riesgo grave.
(Autor: Peter McEleavy, abril de 2013)