HC/E/DE 310
GERMANY
Bundesverfassungsgericht
UNITED STATES OF AMERICA
GERMANY
10 October 1995
Final
Human Rights - Art. 20
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Se argumentó que la restitución de la menor que tenía doble nacionalidad estadounidense y alemana violaría su derecho como ciudadana alemana conforme al artículo dieciséis, párrafo dos de la ley fundamental, de no ser extraditada. El Tribunal sostuvo: “Restituir un menor a un progenitor con derecho de custodia sobre la base de relaciones de familia legales no es una extradición como tal, ni su equivalente. No incluye el elemento de trasladar a una persona al “poder soberano” de otro estado a pedido de este último, que es el sello distintivo de una extradición. El Tribunal rechazó los otros fundamentos elevados. Estos incluían la violación del derecho al libre desarrollo de la personalidad (Artículo 2, párrafo 1 de la Ley Fundamental), derechos relacionados con el matrimonio, la familia y la maternidad (Artículo 6, párrafos 1-4), el derecho a la dignidad del niño (Artículo 1, párrafo 1) y el derecho a una audiencia en el tribunal de acuerdo con la ley, en el cual la madre debía probar que existía grave riesgo de daño conforme al Artículo 13(1)(b) del Convenio, (Artículo 103, párrafo 1). El tribunal declaró que no se había demostrado, particularmente a la luz de las promesas del padre, que la orden de restitución colocara una carga excesiva sobre la madre o afectara gravemente el bienestar de la menor como resultado de su separación de su madre.
La Oficina Permanente de la Conferencia de la Haya sobre Derecho Internacional Privado presentó un Memorando al Tribunal constitucional federal el 1 de septiembre de 1995. El Memorando preparado por Adair Dyer ha sido publicado en: 35 ILM 529 at 535 (1996).
Para conocer un análisis del caso, véase: Pirrung J., "The Federal Constitutional Court Confronted with Punitive Damages and Child Abduction" in Borrás A. et al. (eds.) E Pluribus Unum, Kluwer, The Netherlands, 1996, pp. 341 - 355.
otros Estados Contratantes, se determinó que el Convenio es compatible con las constituciones nacionales o cartas de derechos, ver:
Argentina
W. v. O., 14 June 1995, Argentine Supreme Court of Justice, [Cita INCADAT: HC/E/AR 362];
Bélgica
N° 03/3585/A, Tribunal de première instance de Bruxelles, [Cita INCADAT: HC/E/BE 547];
Canadá - Carta Canadiense de Derechos y Libertades
Parsons v. Styger, (1989) 67 OR (2d) 1, [Cita INCADAT: HC/E/CA 16];
Y.D. v. J.B., [1996] R.D.F. 753 (Que.C.A.), [Cita INCADAT: HC/E/CA/ 369];
República Checa
III. ÚS 440/2000 DAOUD / DAOUD, 7 December 2000, Ústavní soud Èeské republiky (Constitutional Court of the Czech Republic);[Cita INCADAT: HC/E/CZ 468];
Alemania
2 BvR 982/95 and 2 BvR 983/95, Bundesverfassungsgericht, [Cita INCADAT: HC/E/DE 310];
2 BvR 1126/97, Bundesverfassungsgericht, [Cita INCADAT: HC/E/DE 338];
Irlanda
C.K. v. C.K. [1993] ILRM 534, [Cita INCADAT: HC/E/IE 288];
W. v. Ireland and the Attorney General and M.W. [1994] ILRM 126, [Cita INCADAT: HC/E/IE 289];
Sudáfrica
Sonderup v. Tondelli 2001 (1) SA 1171 (CC), [Cita INCADAT: HC/E/ZA 309];
Suiza
5P.1/1999, Bundesgericht, [Cita INCADAT: HC/E/CH 427];
5A_479/2007 /frs, Bundesgericht, II. Zivilabteilung, [Cita INCADAT: HC/E/CH 953];
Estados Unidos de América
Fabri v. Pritikin-Fabri, 221 F. Supp. 2d 859 (2001); [Cita INCADAT: HC/E/US 484];
Kufner v. Kufner, 519 F.3d 33 (1st Cir. 2008), [Cita INCADAT: HC/E/US 971];
Rodriguez v. Nat'l Ctr. for Missing & Exploited Children, 2005 U.S. Dist. LEXIS 5658 (D.D.C., Mar 31, 2005) [Cita INCADAT: HC/E/US 799].
Sin embargo, en España, se hizo lugar a varias impugnaciones, ver:
Re S., Auto de 21 abril de 1997, Audiencia Provincial Barcelona, Sección 1a [Cita INCADAT: HC/E/ES 244];
Carrascosa v. McGuire, 520 F.3d 249 (3rd Cir. 2008) [Cita INCADAT: HC/E/USf 970].