CASO

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Nombre del caso

Re R. (Minors) (Abduction) [1994] 1 FLR 190

Referencia INCADAT

HC/E/UKe 160

Tribunal

País

Reino Unido - Inglaterra y Gales

Instancia

Primera Instancia

Estados involucrados

Estado requirente

Francia

Estado requerido

Reino Unido - Inglaterra y Gales

Fallo

Fecha

30 October 1992

Estado

Definitiva

Fundamentos

Derechos de custodia - art. 3 | Consentimiento - art. 13(1)(a) | Aceptación posterior - art. 13(1)(a)

Fallo

Restitución ordenada

Artículo(s) del Convenio considerados

3 5 12 13(1)(a)

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

3 13(1)(a)

Otras disposiciones

-

Jurisprudencia | Casos referidos

-

Publicado en

-

INCADAT comentario

Mecanismo de restitución del artículo 12

Derechos de custodia
Fuentes del derecho de custodia

Excepciones a la restitución

Consentimiento
Establecimiento del consentimiento
Aceptación posterior
Aceptación posterior

SUMARIO

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Hechos

Los menores, dos varones, tenían 5 años y cuatro meses y 3 años de edad en la fecha de la supuesta sustracción ilícita. Habían vivido en Francia toda su vida. Los padres no estaban casados.

En febrero de 1991 la madre abandonó el hogar con los menores y los llevó a un refugio para mujeres. El padre solicitó el ejercicio de la autoridad parental y se pidió el informe de un asistente social del tribunal. El tribunal francés suspendió la solicitud del padre para el ejercicio de la autoridad parental pero le otorgó el derecho de visita con posibilidad de permanencia.

El 6 de mayo de 1991 el cuidado físico de los menores pasó de la madre al padre después de dos intentos de suicidio por parte de la madre. El 26 de mayo de 1991 la madre escribió una carta en la que daba su consentimiento a la guarda por parte del padre.

La solicitud del padre para el ejercicio de la autoridad parental fue postergada tres veces para la realización de los informes. Se efectuaron órdenes de consentimiento en las que se establecía el cambio fundamental respecto a la guarda de los niños.

El 20 de enero de 1992, con anterioridad a una audiencia programada ante el Tribunal de Grande Instance (Tribunal de Primera Instancia) de Estrasburgo para el 23 de enero, el padre se llevó a los menores a Inglaterra. Su abogado envió una nota al tribunal francés en la que declaraba que el padre se había mudado a Inglaterra por razones profesionales y que los derechos de visita por parte de la madre serían acordados en Francia e Inglaterra.

El 14 de mayo de 1992, el tribunal francés dictaminó que el padre había decidido abandonar Francia en forma unilateral, se rehusó a otorgarle al padre la autoridad parental y le ordenó la restitución de los menores a la madre.

El 9 de octubre de 1992, la madre solicitó una orden de restitución conforme al Convenio.

Fallo

Restitución ordenada; la sustracción de los menores había violado los derechos de custodia de la madre, lo dispuesto en el Artículo 13, apartado 1, letra (a) para demostrar el consentimiento no se había cumplido en la medida exigida.

Fundamentos

Derechos de custodia - art. 3

La madre poseía en forma exclusiva la autoridad parental y el padre no tenía más que la responsabilidad de la guarda provisoria que le había sido delegada. Bajo las disposiciones del Código Civil de Francia la madre tenía el derecho de determinar el lugar de residencia de los menores. Esto no podía suponerse sin que mediara su consentimiento. Por consiguiente, el traslado inicial de los menores de Francia el 20 de enero de 1992 resultaba ilícito.

Consentimiento - art. 13(1)(a)

El Tribunal Superior destacó que la cuestión relativa al consentimiento había sido litigada en forma específica hasta que Tribunal de Estrasburgo llegó a una conclusión en su fallo del 14 de mayo de 1992. Asimismo ese fallo no había sido impugnado en la apelación formulada por el padre el 30 de septiembre de 1992.

Aceptación posterior - art. 13(1)(a)

Un simple acto o comunicación basta para establecer una aceptación posterior, incluso si dicho acto o comunicación aparentemente discrepa con el curso general de la conducta del progenitor. Al aplicar esa prueba, en este caso no quedaba establecida ninguna aceptación posterior inequívoca. Las visitas de la madre y la comunicación continua de su parte con los menores después del 20 de enero resultaban necesarios para preservar su relación con ellos y no debían interpretarse como una aceptación del traslado. El tribunal sostuvo que la demora de 10 meses por parte de la madre se explicaba por el hecho de que había sido aconsejada a esperar el fallo pendiente del tribunal local. La demora posterior era responsabilidad del Ministro de Justicia francés.

Comentario INCADAT

Fuentes del derecho de custodia

En curso de elaboración.

Establecimiento del consentimiento

Se han aplicado diferentes estándares cuando se trata de determinar la aplicación de la excepción del artículo 13(1) a) fundada en el consentimiento.

Reino Unido - Inglaterra y Gales
En una de las primeras decisiones de primera instancia se sostuvo que, en circunstancias normales, las pruebas claras y contundentes requeridas deberían constar por escrito o al menos ser prueba documental. Véase:

Re W. (Abduction: Procedure) [1995] 1 FLR 878, [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 37].

Esta visión estricta no se ha repetido en casos ingleses de primera instancia posteriores. Véanse:

Re C. (Abduction: Consent) [1996] 1 FLR 414 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 53];

Re K. (Abduction: Consent) [1997] 2 FLR 212 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 55].

En Re K. se sostuvo que aunque el consentimiento debe ser real, positivo e inequívoco, podría haber circunstancias en las cuales un tribunal podría concluir que se hubiese prestado consentimiento, aunque no por escrito. Asimismo, podría haber casos en los que el consentimiento se podría inferir de la conducta.

Alemania
21 UF 70/01, Oberlandesgericht Köln, [Referencia INCADAT: HC/E/DE 491].

Se requieren pruebas contundentes para establecer la existencia de consentimiento.

Irlanda
R. v. R. [2006] IESC 7 [Referencia INCADAT: HC/E/IE 817].

La resolución adoptada en Re K. fue respaldado por la Corte Suprema de Irlanda.

Países Bajos
De Directie Preventie, optredend voor haarzelf en namens F. (vader) en H. (de moeder) (14 juli 2000, ELRO-nummer: AA6532, Zaaknr.R99/167HR); [Referencia INCADAT: HC/E/NL 318].

El consentimiento no tiene que ser para una estancia permanente. La única cuestión es que debe haber consentimiento y que haya sido acreditado de manera convincente.

Sudáfrica
Central Authority v. H. 2008 (1) SA 49 (SCA) [Referencia INCADAT: HC/E/ZA 900].

El consentimiento podría ser expreso o tácito.

Suiza

5P.367/2005 /ast; Bundesgericht, II. Zivilabteilung (Tribunal Fédéral, 2ème Chambre Civile), [Referencia INCADAT: HC/E/CH 841];

5P.380/2006 /blb; Bundesgericht, II. Zivilabteilung (Tribunal Fédéral, 2ème Chambre Civile), [Referencia INCADAT: HC/E/CH 895];

5P.1999/2006 /blb; Bundesgericht, II. Zivilabteilung (Tribunal Fédéral, 2ème Chambre Civile), [Referencia INCADAT: HC/E/CH 896].

La Corte Suprema de Suiza ha sostenido con respecto al consentimiento y la aceptación posterior, que el padre privado del menor debe pretar su consentimiento de manera clara, explícita o tácita, a un cambio duradero en la residencia del menor. A estos efectos, el sustractor tiene la carga de producir pruebas fácticas que lleven a que esa creencia sea plausible.

Estados Unidos de América
Baxter v. Baxter, 423 F.3d 363 (3rd Cir. 2005) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 808].

Debe haber una evaluación subjetiva de lo que estaba contemplando verdaderamente el padre solicitante. También se debe considerar el carácter y el alcance del consentimiento.

Aceptación posterior

Se ha aceptado en forma generalizada que en lo que respecta a la excepción de aceptación posterior, en primera instancia, debe prestarse atención a las intenciones subjetivas del padre privado del menor. Véanse:

Australia
Commissioner, Western Australia Police v. Dormann, JP (1997) FLC 92-766 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 213];

Barry Eldon Matthews (Commissioner, Western Australia Police Service) v. Ziba Sabaghian, PT 1767 of 2001 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 345];

Austria
5Ob17/08y, Oberster Gerichtshof, (tribunal supremo de Austria) 1/4/2008 [Referencia INCADAT: HC/E/AT @981@]

Al considerar la cuestión por primera vez, el tribunal supremo de Austria resolvió que la aceptación posterior con respecto a un estado de situación temporario no sería suficiente a efectos del artículo 13(1) a), sino que, en el caso de un cambio permanente de residencia habitual, debía existir aceptación posterior.

Bélgica
N° de rôle: 02/7742/A, Tribunal de première instance de Bruxelles 6/3/2003, [Referencia INCADAT: HC/E/BE 545];

Canadá
Ibrahim v. Girgis, 2008 ONCA 23, [Referencia INCADAT: HC/E/CA 851];

Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re H. and Others (Minors) (Abduction: Acquiescence) [1998] AC 72 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 46];

En este caso, la Cámara de los Lores sostuvo que no podía deducirse que había habido aceptación posterior por comentarios pasajeros o cartas escritas por un padre que recientemente había sufrido el trauma inherente a la sustracción de sus hijos.

Irlanda
K. v. K., 6 May 1998, transcript, Supreme Court of Ireland [Referencia INCADAT: HC/E/IE 285];

Israel
Dagan v. Dagan 53 P.D (3) 254 [Referencia INCADAT: HC/E/IL 807]

Nueva Zelanda
P. v. P., 13 March 2002, Family Court at Greymouth (New Zealand), [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 533];

Reino Unido - Escocia
M.M. v. A.M.R. or M. 2003 SCLR 71, [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 500]

Sudáfrica
Smith v. Smith 2001 (3) SA 845 [Referencia INCADAT: HC/E/ZA 499];

Suiza
5P.367/2005 /ast, Bundesgericht, II. Zivilabteilung (Tribunal Fédéral, 2ème Chambre Civile), [Referencia INCADAT: HC/E/CH 841].

En concordancia con este enfoque, ha habido reticencia a pronunciarse en favor de la existencia de aceptación posterior cuando el padre solicitante ha pretendido en un principio obtener la restitución voluntaria del menor o lograr reconciliarse con el sustractor. Véanse:

Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re H. and Others (Minors) (Abduction: Acquiescence) [1998] AC 72 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 46];

P. v. P. (Abduction: Acquiescence) [1998] 2 FLR 835, [Referencia INCADAT:  HC/E/UKe 179] ;

Irlanda
R.K. v. J.K. (Child Abduction: Acquiescence) [2000] 2 IR 416, [Referencia INCADAT: HC/E/IE 285];

Estados Unidos de América
Wanninger v. Wanninger, 850 F. Supp. 78 (D. Mass. 1994), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 84];

En el caso australiano Townsend y Director-General, Department of Families, Youth and Community (1999) 24 Fam LR 495, [Referencia INCADAT: HC/E/AU 290], se interpretó que la negociación durante 12 meses equivalía a aceptación posterior. Sin embargo, cabe destacar que, en ejercicio de su discrecionalidad, el tribunal decidió expedir una orden de restitución.