AFFAIRE

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Nom de l'affaire

0501-2016- 000 29-16

Référence INCADAT

HC/E/HN 1710

Juridiction

Pays

Honduras

Degré

Première instance

États concernés

État requérant

États-Unis d'Amérique

État requis

Honduras

Décision

Date

3 March 2016

Statut

Définitif

Motifs

Opposition de l'enfant au retour - art. 13(2)

Décision

Retour ordonné

Article(s) de la Convention visé(s)

13(2)

Article(s) de la Convention visé(s) par le dispositif

13(2)

Autres dispositions

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Jurisprudence | Affaires invoquées

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Publiée dans

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SYNOPSIS

Synopsis disponible en ES

Niña de 14 años – padres hondureños – residencia habitual de la niña en California, Estados Unidos, junto a su padre – retención ilícita – Cuestiones principales: oposición del niño a regresar – Se rechaza la restitución por no acreditarse la excepción.

RÉSUMÉ

Résumé disponible en ES

Hechos

El caso concierne a una niña de 14 años que vivía en Estados Unidos con su padre. Los padres, ambos de nacionalidad hondureña, habían celebrado un acuerdo extrajudicial con la finalidad de que la niña pasara las vacaciones de verano con su madre como lo venía haciendo desde hacía varios años atrás. La niña viajó junto a dos de sus hermanos a Honduras a visitar a su madre en junio de 2015, debiendo regresar a California, Estados Unidos ,el 28 de agosto. Desde esa fecha fue retenida por su madre en Honduras. Sus hermanos volvieron a Estados Unidos.

La Autoridad Central hondureña (Dirección Nacional de La Niñez, Adolescencia y Familia – DINAF-) había procurado la restitución voluntaria aunque esta fracasó. Luego promovió la demanda ante la autoridad judicial correspondiente. El padre de la niña también se constituye como parte requirente en el proceso.

Fallo

Se ordena la restitución, no se encuentra acreditada la oposición de la niña a regresar.

Fundamentos

Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)

La niña expresó que había viajado a Honduras a visitar a su madre y abuela pero llegado el día que debía regresar a Estados Unidos su madre se lo impidió. Estimó la jueza que se logró apreciar la espontaneidad y la carga emocional de frustración, impotencia y llanto con la cual  la niña expresó que se encontraba en ese país obligada, dado que su deseo era regresar a Estados Unidos para continuar con su plan de vida. Sostuvo la jueza que, atendiendo a su desarrollo físico emocional y mental, pues al momento tenía 14 años de edad, se había planteado metas al lado de sus hermanos y su padre en el entorno que conocía y que hacía suyo como su centro de vida o residencia habitual.

La jueza concluyó que la niña había opinado y había sido escuchada y que expresó espontáneamente su deseo de regresar a su entorno social y familiar.

Author: Nieve Rubaja