AFFAIRE

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Nom de l'affaire

Decision of the Federal Supreme Court 5A_513/2016 of 12 August 2016

Référence INCADAT

HC/E/CH 1443

Juridiction

Pays

Suisse

Degré

Instance Suprême

États concernés

État requérant

Espagne

État requis

Suisse

Décision

Date

8 August 2016

Statut

Définitif

Motifs

Droit de garde - art. 3

Décision

Recours rejeté, retour ordonné

Article(s) de la Convention visé(s)

3 5

Article(s) de la Convention visé(s) par le dispositif

3 5

Autres dispositions

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Jurisprudence | Affaires invoquées

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Publiée dans

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SYNOPSIS

Synopsis disponible en EN | ES

One child wrongfully removed at age ten – National of Switzerland and Spain – Unmarried parents – Father national of Spain – Mother national of Switzerland – Joint custody according to Spanish law – Child lived in Spain until January/February 2016 – Application for return filed with the Central Authority of Spain on 17 February 2016 – Appeal dismissed, return ordered– Main issues: parental custody – The father received parental joint custody when the child's place of residence was transferred to Spain, since in Spain both parents have parental custody by law.

RÉSUMÉ

Résumé disponible en EN | ES

Hechos

Los padres del niño (nacido en Suiza en 2006) no están casados. Poco después del nacimiento, la madre se mudó a España con el niño, donde vivieron con el padre en el mismo domicilio durante varios años. En 2011, los padres se separaron y el niño vivió de forma alternada con ambos. A fines de enero/principios de febrero de 2016, la madre viajó a Suiza con el niño, sin que el padre lo supiera. En España estaba en trámite el caso por la custodia.

El 23 de marzo de 2016, el padre solicitó la restitución del niño a España. Tras oír a los padres y al niño, el tribunal cantonal ordenó la restitución del niño el 23 de junio de 2016.

El 11 de julio de 2016, la madre apeló.

Fallo

Apelación desestimada. El padre recibió la custodia cuando el niño se mudó a España.

Fundamentos

Derechos de custodia - art. 3

El derecho internacional privado del lugar de residencia habitual del niño previo al traslado determina a quién se le concede la custodia. Tras oír a los padres y al niño, el tribunal cantonal ordenó la restitución de este último, el 23 de junio de 2016. El art. 9(4) del Código Civil español remite directamente al Convenio de La Haya de 1996 sobre Protección de Niños.

Cuando nació, el niño estaba bajo la custodia exclusiva de su madre (según la ley suiza). Al mudarse a España, esto se vio modificado. Según la ley española, el padre también tenía la custodia, sin importar si estaban casados o no. El Informe Explicativo de Paul Lagarde sobre el Convenio de La Haya de 1996 explica detalladamente que los apartados 3 y 4 del art. 16 pretenden mediar entre los conceptos de mutabilidad y continuidad de la custodia, dependiendo de la forma de los derechos nacionales del Estado de procedencia y del Estado de inmigración.

Conforme a lo anterior, la custodia se extendió al padre al modificar el lugar de residencia del niño a España (art. 16(4) y art. 156(1) del Código Civil español). Tras la separación, el niño vivió con ambos padres (cuidado compartido), por lo que aún puede presumirse que los derechos de custodia se ejercían de forma compartida.

Por lo tanto, debe señalarse que el padre recibió la custodia compartida cuando el lugar de residencia del niño se cambió a España y que de hecho ejerció la custodia hasta que el niño se mudó a Suiza.

Autora: Francine Hungerbühler