CASO

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Nombre del caso

Re O. (Child Abduction: Custody Rights) [1997] 2 FLR 702, [1997] Fam Law 781

Referencia INCADAT

HC/E/UKe 5

Tribunal

País

Reino Unido - Inglaterra y Gales

Nombre

High Court (Inglaterra)

Instancia

Primera Instancia

Estados involucrados

Estado requirente

Alemania

Estado requerido

Reino Unido - Inglaterra y Gales

Fallo

Fecha

3 May 1997

Estado

Definitiva

Fundamentos

Finalidad del Convenio - Preámbulo, arts. 1 y 2 | Derechos de custodia - art. 3 | Cuestiones procesales

Fallo

Restitución ordenada

Artículo(s) del Convenio considerados

3 5

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

3

Otras disposiciones

-

Jurisprudencia | Casos referidos

-

INCADAT comentario

Mecanismo de restitución del artículo 12

Derechos de custodia
Derechos de custodia imperfectos

SUMARIO

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Hechos

La menor, era una niña de cuatro años y medio a la fecha de la sustracción ilícita. Había vivido en Alemania toda su vida. El dieciséis de diciembre de 1996 la madre y su compañero británico llevaron a la menor a Inglaterra.

Los padres de la menor estaban casados pero no fue el padre quien solicitó la restitución sino la abuela materna y su marido. Los abuelos no tenían derechos de custodia legal con respecto a la menor. Sin embargo, desempeñaron un papel importante en el cuidado de la menor, particularmente en los catorce meses anteriores a su traslado.

El veintiséis de octubre de 1996 los abuelos habían iniciado actuaciones para obtener la custodia ante los tribunales alemanes, pero esta solicitud nunca fue notificada a la madre. El dieciocho de diciembre de 1996 los abuelos obtuvieron una orden de custodia provisoria.

Fallo

Se ordenó la restitución, el papel desempeñado por los abuelos en el cuidado de la menor era suficiente para investirlos de derechos de custodia. Estos derechos fueron violados cuando la madre trasladó a la menor.

Fundamentos

Finalidad del Convenio - Preámbulo, arts. 1 y 2

El juez de primera instancia reafirmó el principio de que la restitución de la menor no prejuzgaba el resultado final de las actuaciones de custodia sustantivas.

Derechos de custodia - art. 3

El uso de la palabra “puede” en el Artículo 3 indica que los derechos de custodia no están limitados a aquellas situaciones realmente especificadas en la disposición. Si bien los abuelos no tenían derechos “legales” de custodia su ejercicio de las responsabilidades paternales completas durante un período sustancial de tiempo fue suficiente para establecer sus derechos de custodia conjunta a los fines del Convenio. El juez de primera instancia sostuvo que esto estaba incluido en la definición [de derechos de custodia incompletos] presentada por Waite LJ en Re B. (A Minor) (Abduction) [1994] 2 FLR 249 [INCADAT cite: HC/E/UKe 4].

Cuestiones procesales

Puede observarse que pasaron poco más de dos meses entre la presentación de la solicitud de restitución y la emisión de la decisión del tribunal.

Comentario INCADAT

Derechos de custodia imperfectos

La invocación de "derechos de custodia imperfectos" para que pueda activarse el mecanismo convencional para solicitantes que han cuidado activamente de menores trasladados o retenidos pero que carecen de derechos de custodia, fue identificada por primera vez en la decisión inglesa:

Re B. (A Minor) (Abduction) [1994] 2 FLR 249 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 4],

y seguida posteriormente en dicha jurisdicción en:

Re O. (Child Abduction: Custody Rights) [1997] 2 FLR 702, [1997] Fam Law 781 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 5];

Re G. (Abduction: Rights of Custody) [2002] 2 FLR 703 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 505].

El concepto ha sido objeto de consideración judicial en:

Re W. (Minors) (Abduction: Father's Rights) [1999] Fam 1 [Referencia INCADAT: HC/E/Uke 503];

Re B. (A Minor) (Abduction: Father's Rights) [1999] Fam 1 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 504];

Re G. (Child Abduction) (Unmarried Father: Rights of Custody) [2002] EWHC 2219 (Fam); [2002] ALL ER (D) 79 (Nov), [2003] 1 FLR 252 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 506].

En una decisión inglesa de primera instancia, Re J. (Abduction: Declaration of Wrongful Removal) [1999] 2 FLR 653 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 265], se puso en duda si el concepto era congruente con la decisión de la Cámara de los Lores en Re J. (A Minor)(Abduction: Custody Rights) [1990] 2 AC 562, [1990] 2 All ER 961, [1990] 2 FLR 450, sub nom C. v. S. (A Minor) (Abduction) [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 2], donde se sostuvo que la custodia de facto no era suficiente para constituir derechos de custodia en el sentido del Convenio.

El concepto de "derechos de custodia imperfectos" ha suscitado tanto apoyo como oposición en otros Estados contratantes.

El concepto obtuvo apoyo en la decisión de primera instancia de Nueva Zelanda:
Anderson v. Paterson [2002] NZFLR 641 [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 471].

Sin embargo, el concepto fue expresamente rechazado por la mayoría del Tribunal Supremo de Irlanda en la decisión de: H.I. v. M.G. [1999] 2 ILRM 1; [2000] 1 IR 110 [Referencia INCADAT: HC/E/IE 284].

Keane J. afirmó que sería ir demasiado lejos aceptar que había "un área remota indefinida de derechos de custodia imperfectos no atribuidos en ningún sentido por el Derecho del Estado requirente a la parte que los invoca o al propio tribunal, sino un reconocimiento por parte del Estado requerido de su capacidad de protección según los términos del Convenio."

Para una crítica académica del concepto, véase:

Beaumont P.R. and McEleavy P.E., The Hague Convention on International Child Abduction, Oxford, OUP, 1999, en p. 60. Actualizado el 31 de marzo de 2005 y el 17 de febrero de 2009.