CASO

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Nombre del caso

Ohlander v. Larson, 114 F.3d 1531 (10th Cir. 1997)

Referencia INCADAT

HC/E/USf 237

Tribunal

País

Estados Unidos de América - Competencia Federal

Nombre

United States Court of Appeals for the Tenth Circuit (Estadod Unidos)

Instancia

Tribunal de Apelaciones

Estados involucrados

Estado requirente

Suecia

Estado requerido

Estados Unidos de América - Competencia Federal

Fallo

Fecha

3 June 1997

Estado

Definitiva

Fundamentos

Interpretación del Convenio

Fallo

-

Artículo(s) del Convenio considerados

3 12(2)

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

3

Otras disposiciones

-

Jurisprudencia | Casos referidos

-

INCADAT comentario

Objetivos y ámbito de aplicación del Convenio

Interpretación del Convenio
Interpretación
Traslado y retención
Carácter del traslado y retención

SUMARIO

Sumario disponible en EN | FR | ES

Hechos

La menor era un niña de casi siete meses a la fecha de la supuesta sustracción ilícita. A esa fecha, había vivido en los Estados Unidos desde su nacimiento. Los padres estaban casados y tenían derechos de custodia compartidos

En diciembre de 1990 la familia viajó a Suecia para visitar la familia de la madre. Al llegar la madre escondió a la menor y rompió el contacto con el padre. El padre regresó a los Estados Unidos solo a mediados de enero de 1991. En junio de 1991 la madre regresó a los Estados Unidos con la menor. El 13 de enero de 1992 la madre regresó con la menor a Suecia sin el consentimiento del padre.

En noviembre de 1993 el padre se llevó a la niña de casi tres años de edad a los Estados Unidos sin el consentimiento de la madre.

En enero de 1994 la madre inició un proceso conforme al Convenio en el Tribunal de Distrito del Distrito de Utah en los EE.UU. Cuando aún estaba en trámite la audiencia para considerar la solicitud conforme al Convenio la madre logró obtener el cuidado de la menor. Sin embargo, se le prohibió retirar a la menor de Utah. El padre entregó la menor a la madre el 30 de enero de 1994. El 1 de febrero de 1994 la madre se llevó a la menor a Suecia.

En agosto de 1994 el Tribunal de Distrito ordenó la restitución de la menor dentro de los 30 días. La madre no cumplió. En octubre de 1994 el padre presentó una solicitud conforme al Convenio ante la Autoridad Central de los EE.UU. para la restitución del menor desde Suecia.

La madre luego presentó una solicitud para que no se haga lugar a su petición ante el Tribunal de Distrito. El Tribunal de Distrito de los EE.UU. rechazó la petición de la madre al concluir que ella había cometido desacato al no cumplir su orden de no trasladar a la menor desde Utah.

Después de la decisión del Tribunal de los Estados Unidos, la Corte Suprema Administrativa de Suecia se negó a ordenar la restitución de la menor, al concluir que la residencia habitual de la menor había cambiado de Utah a Suecia después de haber pasado doce meses en Suecia después de la sustracción en enero de 1992.

La madre presentó otras solicitudes al Tribunal de Distrito para suspender el cumplimiento de la orden original del Tribunal de Distrito y anularla. Estas solicitudes fueron rechazadas. La madre apeló.

Fallo

Apelación concedida; el Tribunal de Distrito había hecho abuso de su poder discrecional al denegar el pedido de anulación.

Fundamentos

Interpretación del Convenio

El Tribunal de Distrito estaba obligado a considerar las circunstancias únicas que rodeaban el caso. El Tribunal de Distrito debería haber considerado la importancia de una interpretación correcta, uniforme del Convenio junto con una consideración del propósito del Convenio al evaluar los méritos del pedido de la madre de que no se haga lugar a su petición. Cuando el Tribunal de Distrito consideró si la sustracción del niño por parte de la madre de Utah fue ilícita, malinterpretó los procedimientos previstos por el Convenio. Una vez que se presenta una solicitud conforme al Convenio, el tribunal sólo debe considerar si las acciones de la parte contraria en cuanto a sustracción o retención son ilícitas. En este caso el tribunal consideró si las acciones del solicitante eran ilícitas. El tribunal de Distrito de los EE.UU. tenía conocimiento de que el menor había sido llevado a Suecia y que el padre había iniciado un proceso conforme al convenio en ese lugar donde todas las partes, incluyendo el menor, estaban presentes. No aceptar la solicitud para que no se haga lugar a su petición en tales circunstancias sería contrario a la intención del Convenio de la Haya. Además, podría crear un nuevo incentivo para que los padres abandonen procesos conforme al convenio en la esperanza de obtener una segunda determinación conforme al Convenio más favorable en otro país.

Comentario INCADAT

La decisión de la Suprema Corte Administrativa (Regeringsrätten) (Suecia), del 20 de diciembre de 1995, expediente número 4936-1995 puede encontrarse en [Referencia INCADAT: HC/E/SE 448].

Para conocer un comentario, veáse: J Schiratzki,"Friends at Odds - Construing Habitual Residence for Children in Sweden and the United States", International Journal of Law, Policy and the Family (2001), 297 - 326.

Para conocer otros casos sobre problemas relacionados con re-sustracciones, véase: Re S (A Child) [2002] EWCA Civ 1941 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 490]; Re R. (Wardship: Child Abduction) (No. 2) [1993] 1 FLR 249, [1993] Fam Law 216 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 118].

Interpretación

En curso de elaboración.

Carácter del traslado y retención

En curso de elaboración.